La Audiencia de Málaga ha condenado a tres hermanos a dos años de prisión a cada uno por retener a punta de pistola y pegar a una mujer, a la que acusaban de robar un colgante, tras llevársela contra su voluntad en un vehículo desde su casa hasta una zona a las afueras de la capital. Además, se les impone el pago de una multa de algo más de 2.000 euros.
Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los tres hombres abordaron a la mujer en el portal del edificio en el que residía, esgrimiendo uno de ellos una pistola, con lo que la obligaron a montarse en una furgoneta, la condujeron hasta las inmediaciones del pantano del Agujero y allí la ataron las manos con una cuerda.
Asimismo, según señala la resolución, le preguntaron sobre el paradero de una cadena de oro "denunciada como sustraída" y la amenazaron de muerte, además de que "la golpearon con un bastón y patearon varias zonas de su cuerpo", hasta que, sin tener respuesta sobre dónde estaba dicho objeto, la soltaron y la abandonaron en el lugar.
Como consecuencia de estos hechos, dice la sentencia, la mujer, que tuvo que volver a casa andando desde donde la dejaron, sufrió varios hematomas. Así, a los acusados se les ha condenado por un delito de realización arbitraria de propio derecho, por otro de detención ilegal y por una falta de lesiones. Además, deberán pagarle como indemnización 235 euros.
La Sala considera que los hechos y la autoría están acreditados, aunque los procesados los negaron, indicando dos de ellos que ese día estaban en otro lugar de Málaga. El tercero aseguró que se encontraba en Sevilla, donde vive, desvinculándose de lo sucedido y alegando que la víctima pudo confundirlo con otro hermano con el que tiene parecido.
Además, aludieron a que la habían denunciado porque "les robó el oro de la casa y lo vendió". No obstante, el Tribunal señala que la víctima insistió en que no se confundió, además de que identificó a los tres acusados como autores del hecho, considerando que la versión descrita por la mujer es "verosímil y creíble" y añaden que "no es lógico que por pura e inútil venganza, se autolesionara".
Al respecto, la Sala incide, como hizo la testigo, en que en la causa que se sigue contra ella por el robo ya se decidirá sobre su participación "lo que, en cualquier caso, no les da derecho a los hermanos a hacerle el daño que le hicieron y el trauma que le causaron", ya que la mujer dijo que "pasó mucho miedo y mucha ansiedad" por la situación que vivió.
De esta forma, la mayoría del Tribunal determina que aunque los acusados "intentaron desvirtuar la veracidad de sus manifestaciones diciendo que se trataba de una drogadicta, que se quiere vengar de ellos, sin especificar realmente los motivos", estos argumentos "caen por sí solos" por la prueba practicada. No obstante, uno de los magistrados discrepa de esta decisión.
Así, el magistrado ha emitido un voto particular en contra estos argumentos y considera que se debía absolver a los acusados, pues los hechos no habían quedado probados a su entender. Al respecto, señala que, aunque no se puede afirmar que la mujer haya denunciado en falso a los acusados para perjudicarles, "su testimonio no es suficiente" para una condena.