El tiempo en: San Fernando

Valencia

Condenan a 1 año y 4 meses al exalcalde de Chiva por malversar 100.000 euros

Ambos condenados han reintegrado ya a las arcas municipales los 105.084 euros malversados y se han comprometido a abonar una multa de 1.500 euros

Publicidad AiPublicidad Ai
  • Tribunales. -

El que fue alcalde de Chiva (Valencia) entre 2005 y 2015, Manuel Haro, del PP, ha sido condenado a un año y cuatro meses de prisión y dos años de inhabilitación tras admitir que malversó más de 100.000 euros de una empresa municipal constituida en 2008.

Tanto Haro como el que fue gerente de esa mercantil, Pascual Navarro, admitieron este martes ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial los hechos que les atribuía tanto la Fiscalía Anticorrupción como el Consistorio de Chiva, gobernado por el PP desde las últimas elecciones municipales.

Además de admitir los hechos, ambos condenados han reintegrado ya a las arcas municipales los 105.084 euros malversados y se han comprometido a abonar, en cinco días, una multa de 1.500 euros, lo que les ha permitido acordar con las acusaciones una sustancial rebaja en las condenas reclamadas, que inicialmente eran de cinco años.

En este mismo proceso ha resultado absuelto el exconcejal de Urbanismo Marcos Navarro.

La Fiscalía considera responsable a Haro de autorizar los referidos pagos desde las cuentas del Ayuntamiento a las de la empresa municipal Suma Chiva, y al gerente de falsificar las facturas, puesto que dichos ingresos no respondían a ningún trabajo efectivo.

De hecho, parte de las referidas transferencias tuvo como destino cuentas bancarias controladas por el exgerente de esta firma o sus familiares.

Estos hechos fueron comunicados por Esquerra Unida de Chiva a la Fiscalía Anticorrupción en 2015, cuando formaba parte de un Gobierno municipal pentapartito (que gobernó en minoría liderado por Compromís).

Posteriormente se sumó a la causa como acusación particular el Ayuntamiento de Chiva, al que los procesados deberán abonar también las costas procesales, según se recoge en la sentencia. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN