La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un hombre para el que las acusaciones pedían hasta 14 años de cárcel por violar y robar una cadena de oro a una prostituta en la capital hispalense debido a las "contradicciones esenciales" en que ha incurrido la presunta víctima y que hace que su relato no sea "creíble".
La Sección Cuarta, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que sobre las 22,15 horas del 20 de enero de 2012, el acusado, Iván L.B., contactó con la afectada cuando ésta se encontraba ejerciendo la prostitución en la avenida de la Prensa del polígono industrial de la Carretera Amarilla.
Así, el acusado concertó con ella la prestación de un servicio sexual en su domicilio, ubicado en Sevilla capital, pero tras prestar el servicio "y como quiera que existían discrepancias sobre la cantidad que debía percibir", la mujer llamó a la Policía denunciando que el procesado no le había pagado y que le había sustraído una cadena de oro, lo cual reiteró en la comparecencia que realizó esa misma noche en dependencias policiales.
La Fiscalía, que pidió para el acusado seis años y diez meses de prisión, y la acusación particular, que solicitó 14 años de cárcel, sustentaron su petición de condena en la declaración de la denunciante, cuyo testimonio "consideraron creíble y coherente", pero la Audiencia advierte de la existencia de "contradicciones esenciales" en el testimonio de la víctima "que no permiten calificarlo de creíble ni tampoco sustentar la credibilidad de los hechos denunciados".
A juicio del tribunal, "no puede resultar lógico que si hubiese sufrido una violación humillante, violenta y reiterada, la denunciante no dijera nada al respecto en las llamadas telefónicas que realiza a la Policía para denunciar los hechos momentos después de haber ocurrido el incidente, sino sólo que el acusado no le había pagado el servicio y le había sustraído una cadena de oro", según la sentencia consultada por Europa Press.
"Tampoco es lógico" que "no comunicara a los agentes que acudieron al domicilio tras la llamada de la denunciante el incidente de la agresión sexual", sostiene la Audiencia, que asevera que "tampoco en su primera comparecencia policial informó nada al instructor policial de la violación sino que, reiterando lo dicho en la llamada inicial, sólo dijo que el acusado no le había pagado el servicio y le había sustraído una cadena de oro".
"NO EXISTE PRUEBA FIABLE"
A ello se suma que la denunciante "ha narrado de forma muy diferente las agresiones denunciadas en sus distintas declaraciones, incluso en el propio juicio ante las preguntas de las acusaciones y defensa, y no sólo los hechos accesorios, lo que podía estar justificado por el paso del tiempo, sino hechos esenciales que, vista la naturaleza de los mismos, no son fácilmente olvidables, como si eyaculó en la vagina, como sostuvo ante el juez instructor, o fuera".
A juicio de la Audiencia, "las contradicciones son visibles", punto en el que llama la atención igualmente sobre el hecho de que, "pese a sufrir una violación, no pidió ayuda a la vecina que se encontraba en la escalera con su pareja y sólo le preguntó en qué calle estaba".
Por todo ello, el tribunal considera que "no existe prueba fiable que permita considerar acreditado que el procesado agrediera sexualmente a la denunciante, le sustrajera la cadena de oro ni cometiera infracción penal alguna de distinta naturaleza", por lo que lo absuelve de los delitos de agresión sexual y robo y de la falta de injurias de los que había sido acusado.