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Sevilla

Sin consenso ni sobre el ruido

Se prohíbe jugar al dominó por el ruido de las fichas pero no el fútbol pese al griterío de los hinchas

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  • Veladores del centro -

La reina Fabiola, una aristócrata española que accedió al trono del país centroeuropeo tras su matrimonio con el rey Balduino, acudió en cierta ocasión de visita a una residencia de la Tercera Edad que el Gobierno de su país adoptivo había habilitado para albergar a personas sin recursos, entre ellas muchos emigrantes que durante la posguerra contribuyeron con su trabajo a la reconstrucción de la nación.

La reina fue visitando las estancias donde los jubilados mataban el tiempo de distintas y tranquilas maneras, pero al salir de una de ellas se le oyó exclamar:
-¡Estos ruidosos españoles!

Fabiola de Mora y Aragón llevaba ya tantos años en Bélgica -ha sido reina consorte durante más de tres decenios- que su oído, habituado a la plácida forma de vida de los belgas, ya no soporta el elevado tono de voz y los decibelios emitidos por sus compatriotas de origen cuando se divierten.
La anécdota revela una de las características por las que se nos identifica a los españoles y más aún a los meridionales como los sevillanos y andaluces: ruidosos a fuer de alegres por festejar una vida en gran parte desarrollada en el exterior gracias a un clima donde el frío y la nieve son la excepción en vez de la norma, como en la Europa central y nórdica.


Por éso no es de extrañar que el afán del Ayuntamiento por regular la emisión de ruido mediante una Ordenanza ‘contra la contaminación acústica, ruidos y vibraciones’ se haya convertido en el más polémico del trienio del mandato de Zoido, ya que en el fondo equivale a un intento de regular la vida cotidiana de los sevillanos.

La Ordenanza, finalmente aprobada en el último Pleno con únicamente los votos favorables de la mayoría del PP, sin consenso político y con una fuerte contestación de colectivos ciudadanos y de sectores económicos -unos, por defecto; otros, por exceso- ha provocado la presentación de una cifra inusual de alegaciones, nada menos que mil, que ocupan siete tomos.

Se han registrado alegaciones (42) hasta de los técnicos de la propia Delegación de Medio Ambiente, encargada junto con la Policía Local de velar por su cumplimiento, sin contar las presentadas por la patronal CES, los hosteleros, cofradías, sindicatos, comunidades de propietarios, asociaciones en defensa del derecho al descanso….

El gobierno municipal ha redactado unos 400 folios en contestación a los escritos presentados y admitido 400 de las 1.000 alegaciones. Como dice en el preámbulo del texto, ha intentado conciliar “esos intereses a veces contradictorios”, pero por la división generada ese intento de solución salomónica no ha contentado ni a tirios ni a troyanos, que es lo que suele ocurrir con las soluciones a medias.

Ordinario y extraordinario
Estas Ordenanzas llegan a regular, a veces hasta el exceso, las actividades ordinarias incluso de la vida doméstica y económica, pero en contraste son permisivas con las actividades extraordinarias, a las que no se impone límite de ruido: Semana Santa, Feria, ‘velás’, romería del Rocío, fiestas navideñas, Cabalgata de Reyes…. El texto es, pues, maximalista y minimalista e incurre en contradicciones por alternar el exceso con el defecto de celo.

A título de ejemplo, incluye una prohibición que habría hecho feliz a la reina Fabiola de Bélgica: la de jugar al dominó, los dados y cualquier otro, digamos, deporte de mesa cuya práctica genere ruido. La prohibición se antoja maximalista, ya que en todo caso se podría haber actuado de forma conjunta con las federaciones de jugadores existentes para educar a éstos a depositar las fichas del dominó sobre la mesa en vez de golpearla y/o haber impuesto la obligación de disputar las partidas sobre tapetes amortiguadores del ruido, como se ha dispuesto para las patas de las sillas metálicas de los bares a fin de que no causen contaminación acústica cuando se las arrastre.

Al Ayuntamiento, sin embargo, no se la ha ocurrido prohibir las sillas de bares y terrazas porque forman parte de una actividad económica muy rentable para sus arcas (los más de 10.000 veladores que ha autorizado le generan unos ingresos de entre 2,5 y 3 millones de euros/año en tasas); ni tampoco el fútbol pese al griterío ensordecedor de las hinchadas del Sevilla F.C. y el Betis cuando animan a sus equipos y/o cantan sus goles, a pesar de que emiten muchos más decibelios -y se dejan oír en buena parte de la ciudad- que una simple partida de dominó en una peña de jubilados.

Esta antítesis maximalismo/minimalismo en función de los intereses que haya por medio es uno de los rasgos que más se reprochan al gobierno municipal, el cual también parece ignorar que en toda España hay un millón de jugadores de dominó, muchos más que de fútbol, por lo que esta prohibición aparentemente insignificante puede acabar provocándole un quebradero de cabeza electoral.

Buenas intenciones
Si se lee detenidamente la Ordenanza, plagada de buenas intenciones, es difícil no suscribir muchos de sus puntos, encaminados a acabar con o mitigar el ruido al que nos hemos condenado a acostumbrarnos, a nuestro pesar, por nuestra falta de civismo pero que sería evitable con un poco de educación y sin necesidad de las medidas coercitivas contempladas en el texto: coches-discoteca, barriles de cerveza arrastrados por el suelo en vez de ser transportados en carretillas de mano, vendedores ambulantes pregonando su mercancía o sus servicios con megafonía a toda pastilla, perros sin bozal dejados solos ladrando en los balcones, macro pantallas de televisión en el exterior de los bares amplificando el volumen del partido de fútbol estrella de la jornada liguera, el choque de las bombonas para avisar de que ha llegado el camión del butano….

Ahora bien, frente a esta regulación de los focos emisores de ruido en la vida ordinaria del común de los sevillanos, el Ayuntamiento se muestra mucho más laxo, con la típica y tópica coartada de la creación de puestos de trabajo, cuando hay intereses económicos de por medio. Así, el gobierno municipal autoriza (artículo 12) la apertura de locales con música siempre que se radiquen en un edificio con parcela catastral distinta del colindante de uso de vivienda, existan sistemas estructurales distintos en ambas parcelas y no se ubiquen en Zona Acústica Saturada. A juicio de la Plataforma por el Derecho al Descanso y de Juristas contra el Ruido, este artículo puede suponer un coladero que acabe provocando numerosos conflictos, por cuanto permitirá que se instalen al lado de bloques habitados desde academias de baile a cualquier otro negocio emisor de música.

A ojo
Otro punto de gran controversia es el que faculta a la Policía Municipal a imponer sanciones por contaminación acústica cuando a juicio de los agentes se perciban unos niveles inaceptables de ruido. ¿Y cuáles son esos niveles y cómo se miden? No hay obligación de medir de forma objetiva con un sonómetro y comprobar si el volumen de decibelios se atiene a la normativa. Todo queda al arbitrio del policía de turno y del grado de sensibilidad de su oído, que puede ser hipersensible o lo contrario.

Salvando las distancias, es como si Tráfico impusiera las sanciones por exceso de velocidad a los conductores no ateniéndose a lo que marque un radar, sino a la estimación a ojo de los agentes.
El texto, pues, era perfectible y el Ayuntamiento podría haber hecho un mayor esfuerzo en su mejora y en el  logro de un mayor grado de consenso, un equilibrio entre el razonable interés en fomentar la actividad económica y el legítimo derecho de los ciudadanos a disfrutar del medio ambiente, reconocido por la Constitución.

El problema de fondo de este tipo de bienintencionadas Ordenanzas es la voluntad política y la disposición de medios para aplicarlas. Al tiempo de la aprobación de esta última se conocía la querella presentada por un ciudadano ante la Fiscalía contra una terraza que usaba hasta los árboles del Parque para colgar altavoces, sin que las denuncias presentadas previamente ante el Ayuntamiento hubieran surtido efecto alguno. Y son infinidad las quejas aparecidas en la prensa y/o elevadas al Defensor del Pueblo por la pasividad municipal a la hora de atender las quejas por contaminación acústica, al margen de que por los recortes no hay personal suficiente en turno de noche para calibrar denuncia alguna.

El propio alcalde ha declarado tras la aprobación de la Ordenanza que van a seguir trabajando para lograr “el máximo consenso posible”. ¿No habría sido más lógico haber actuado al revés: lograr primero el consenso para después aprobar la Ordenanza? Una vez aprobado el texto ya no tiene sentido hablar de consenso, cuando en realidad se ha aplicado el rodillo de la mayoría absoluta. 

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