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Sevilla

Muñoz tacha de "contradicción" el recurso de la Junta a las viviendas turísticas

El alcalde de Sevilla ha dicho que le parece "una contradicción el recurso cuando el expediente en su tramitación ha tenido informes favorables"

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  • Antonio Muñoz. Turismo Aset. -

El alcalde de Sevilla, Antonio Muñoz, ha pedido a la Junta de Andalucía "resolver la contradicción" que supone haber recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) con la que el Ayuntamiento regula desde el pasado mes de junio la apertura de nuevos pisos turísticos y haber sido la propia Administración andaluza la que "se ha pronunciado favorablemente" a la misma durante la tramitación del cambio hasta su aprobación en el Pleno.

"Me parece una contradicción por parte de la Junta que presente un recurso cuando el expediente en su tramitación hasta su aprobación en el Pleno ha tenido los informes favorables de las consejerías responsables del urbanismo --Fomento-- y turismo", ha argumentado Muñoz en declaraciones a los medios. En esta misma línea, ha apuntado que "es una evidencia que en Sevilla, como en otras ciudades españolas, han proliferado de manera exponencial los pisos turísticos, y hay un consenso generalizado con los vecinos, con los hoteleros y con muchísimos empresarios de que hay que regular y ordenar ese crecimiento", ha manifestado Muñoz, para el que "no se entiende ese ejercicio de incoherencia de plantear un recurso cuando hay consenso y, cuando en la propia tramitación, la Junta se ha pronunciado favorablemente".

El portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández Pachecho, ha apuntado este martes, por su parte, a "criterios técnicos" y al "interés general" para valorar la presentación por parte de la Agencia de la Competencia de Andalucía, dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, del recurso. En la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno, el también consejero de Sostenibilidad ha explicado que la Agencia ha formalizado dicho recurso al entender que el cambio "contravenía la legislación europea, la jurisprudencia comunitaria y el interés general".

Fernández Pacheco ha asegurado que la medida "afecta solo a una parte de los agentes turísticos fundamentales" y que "si se buscaba el interés general, tendría que haberse extendido al resto de los actores turísticos, cosa que no sucedía". El portavoz ha sostenido que el "interés" de la Junta con el recurso "no es otro que velar por el interés general" y ha remitido a "esperar a que se resuelva el recurso" en el contencioso administrativo. No obstante, la Junta ha remarcado que seguirá "acompañando al sector turístico para fortalecer uno de los pilares fundamentales que tiene Andalucía". En cuanto a los pisos turísticos ha señalado que "son una realidad" que "claro que debe tener una regulación".

La modificación urbanística impulsada por el Ayuntamiento de Sevilla no tiene carácter retroactivo, es decir, no es de aplicación a las viviendas turísticas que ya estaban funcionando. El Consistorio regula y ordena por vez primera esta actividad, en los "límites" marcados por sus competencias y tras un "amplio periodo de consultas". Hasta el momento, carecía de una regulación específica a pesar del crecimiento que ha experimentado en los últimos años como consecuencia del auge del turismo en la ciudad, tal como explicó el Ayuntamiento con motivo de la entrada en vigor.

El cambio supone que las viviendas turísticas se asimilan a hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos y, por tanto, tendrán idénticas condiciones, requisitos para su implantación y ubicaciones autorizadas dentro de un edificio de viviendas. Con esta iniciativa, el Ayuntamiento ordena esta actividad, que, hasta el momento, carecía de una regulación específica.

Según el texto, la utilización de una vivienda con fines turísticos en Sevilla estará sujeta a las condiciones para usos terciarios establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y deberá "respetar las condiciones de compatibilidad con el uso residencial establecidas para el citado uso terciario". Como en el caso de otros tipos de alojamiento turístico, una vivienda turística implica "implantar un servicio terciario de hospedaje, teniendo que cumplir los mismos requisitos y condiciones que la normativa exige para estos establecimientos".

 

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