La Delegación Territorial de Educación de Cádiz ha afirmado que la caída de un falso techo en el CEIP Nuestro Señora de la Oliva en Vejer de la Frontera (Cádiz) se atribuye a una "falta de mantenimiento continuado del centro escolar y a un incumplimiento, por tanto, de las funciones atribuidas por ley". En este sentido, ha recordado que la conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los colegios es competencia exclusiva del Ayuntamiento.
En una nota, la Delegación Territorial de Educación de Cádiz ha recordado que "existe una basta justificación legislativa que deja bastante claro a quién le corresponde asumir según qué tipos de trabajos y arreglos".
En este sentido, ha señalado que la Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía (en su artículo 9.20 c) recoge que la conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Especial es competencia municipal.
Por otra parte, ha añadido que la Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (artículo 4), y el Decreto 18/2006 (artículo 8) por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, "vuelven a insistir en la titularidad municipal de los colegios y en las obligaciones que deben contraer las corporaciones locales con respecto a su mantenimiento".
Además, ha indicado que la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica de Educación 2/2006 (que mantiene su vigencia tras la aprobación de la Lomce) dispone que la conservación y la vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de educación infantil de segundo ciclo, primaria y educación especial son responsabilidad del municipio.
"Así pues, el CEIP Nuestra Señora de la Oliva es un centro de primaria y entra dentro de los colegios públicos que deben ser mantenidos por el Ayuntamiento", ha concluido la Junta.