La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia en la que establece que personas graduadas en Danza, en Gestión Deportiva y en Medicina con la especialidad deportiva no pueden acceder a las listas de profesores interinos y sustitutos para impartir Educación Física en Secundaria.
En concreto, el alto tribunal gallego --en una sentencia con fecha de 30 de marzo de 2022, que ya es firme-- ha estimado un recurso del Colexio Oficial de Licenciados en Educación Física e en Ciencias da Actividade Física e do Deporte de Galicia (Colef) y ha anulado parcialmente una orden del 20 de noviembre de 2019, de la entonces Consellería de Educación, Universidade e Formación Profesional, que así lo permitía.
El Colef presentó alegaciones a la orden en su fase de borrador y un recurso administrativo que fue desestimado por la Xunta. Así, el colegio llevó el asunto a la justicia con la petición de que se suprimiesen para impartir Educación Física las titulaciones de Ciencias de la Danza, Gestión Deportiva y Medicina --junto con el diploma de la especialidad deportiva--.
El argumento principal de la parte recurrente es que en Galicia "existen suficientes titulados" en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte para obtener plazas de docentes interinos y sustitutos.
En el proceso judicial, la Administración autonómica pidió que se desestimase el recurso por supuesta "falta de legitimación activa" del Colef para recurrir, una petición que los magistrados no han concedido.
Además, la defensa de la Consellería afirmaba que las personas con estas titulaciones tienen "conocimiento suficiente" como para impartir la asignatura de Educación Física y alegaba, asimismo, que si solo se admitiese a los graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte "se provocaría un déficit de personal en el sistema de listas y derivaría en la imposibilidad de cubrir las vacantes".
Con todo, la Sala de lo Contencioso del TSXG ha estimado el recurso del Colef porque, en atención a los currículums docentes aprobados por la propia Xunta, tras hacer una comparación con los programas de los grados en Danza, en Gestión Deportiva y en Medicina con la especialidad deportiva, no se puede considerar que estén orientadas "a los fines de la enseñanza" de Educación Física.
Por todo ello, los magistrados han dado la razón al colegio recurrente y ha condenado a la Consellería de Educación a excluir las mencionadas titulaciones para acceder a las listas de profesorado.
COLEF CELEBRA EL FALLO
A raíz de esta sentencia, Colef Galicia ha emitido un comunicado en el que celebra la decisión y denuncia que "históricamente la materia de Educación Física recibió muchos ataques y desprecios" contra los que se ha "avanzado mucho".
"La docencia en Educación Física se fundamenta en una sólida formación gracias a profesionales comprometidos, por eso es preciso que la propia Administración pública lo materialice correctamente y exija la titulación adecuada por normativa, por competencias, por seguridad y, a partir de hoy, si esto no fuese suficiente, también por jurisprudencia", añade el colegio.
De igual modo, el Colef reivindica que el TSXG no permite "aceptar titulaciones aparentemente similares" para impartir la asignatura: "Deseamos que se tome buena nota desde la educación, pero también desde el resto de ámbitos que alcanza al deporte, pues refuerza la necesidad de proteger a la ciudadanía frente a la falta de competencias y el intrusismo, de menor o mayor gravedad, que ponen en riesgo la salud de las personas".