La Audiencia de Granada ha fijado para el 30 y 31 de octubre el juicio contra el exalcalde de Castril José Juan López Ródenas (PSOE), una arquitecta municipal y el secretario en el momento de los hechos por supuestos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en la adquisición de un inmueble que hizo el Ayuntamiento supuestamente "eludiendo" la legalidad y pagando más de su valor.
El juicio, inicialmente previsto para diciembre, se celebrará a las 9,30 horas en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, según consta en una diligencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.
La Fiscalía no acusa a ninguna de estas personas y solicitó en su momento el sobreseimiento provisional de la causa por entender que no existen elementos de prueba suficientes contra ninguno de ellos.
La acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento de Castril (ahora gobernado por Nuevo Castril) ha solicitado seis años y un día de prisión para el exalcalde por un delito de prevaricación y otro malversación de caudales públicos, así como inhabilitación especial para cargo o empleo público durante diez años.
Pide las mismas penas para los otros dos procesados, aunque a la arquitecta municipal suma un supuesto delito de falsedad en dictamen pericial. En concepto de responsabilidad civil, reclama que los tres acusados indemnicen al consistorio, conjunta y solidariamente, con 14.294 euros.
La causa gira en torno al decreto de Alcaldía que el 25 de julio de 2008 dictó López Ródenas dando luz verde a la adquisición de un local anexo al Consistorio conocido como las marraneras ante la necesidad de más espacio para dependencias municipales, pagando al contando 95.294 euros.
En el auto de procedimiento abreviado emitido por el Juzgado que ha instruido la causa se consideró una "sobrevaloración" a tenor de los informes que obran en las actuaciones. Concretamente, un informe emitido por un arquitecto técnico fija el valor de mercado en 52.347 euros y otro de la perito judicial ha valorado el inmueble en 26.040 euros.
También se hizo constar la valoración favorable de la arquitecta municipal y del que fuera secretario aludiendo a que 81.000 euros estarían financiados por la Consejería de Gobernación a través de una subvención y 14.294 euros serían de aportación municipal.
En contraposición, la Fiscalía entiende que, a tenor del resultado de la instrucción practicada, los hechos denunciados no revisten caracteres de infracción penal. Mantiene, de hecho, que del examen de la documentación aportada "no se infiere indicio de arbitrariedad en la adopción de la resolución denunciada respecto a la adquisición de este inmueble".
La Fiscalía incide, por tanto, en que no ve acreditada "una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa" ni una "conducta concertada, deliberada y consciente por parte de los investigados de resolver al margen del ordenamiento jurídico", motivo por el que pidió en su día el archivo de la causa y no ejerce acusación contra estas personas.