En una providencia, la sala de lo contencioso-administrativo del Alto Tribunal señala que el recurso se tramitará “conforme al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona”.
Además, el Supremo reclama al CGPJ –al que la sala de Gobierno de la Audiencia Nacional había remitido el recurso interpuesto por Barik al considerar que era el órgano competente para resolverlo– el expediente administrativo del caso para que se lo remita en el plazo máximo de cinco días.
El expediente, señala la providencia, deberá ir acompañado “de los informes que la autoridad recurrida –Gómez Bermúdez– considere procedentes como fundamento del acto impugnado”, es decir, de su decisión de expulsar a la letrada de la sala de vistas.