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Málaga

Condenado a 8 años por matar a un vecino en defensa propia tras una discusión por un chándal

El acusado "lanzó a su vez un golpe con el cuchillo hacia el cuerpo" de la víctima, causándole una herida que le atravesó el corazón "y le provocó la muerte"

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La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a ocho años de cárcel por acabar con la vida de su vecino tras una discusión porque acusaba a los hijos de la víctima de robarle un chándal. La sentencia se dicta tras el veredicto del jurado que le declaró culpable, pero estimó que actuó en defensa propia. Se le prohíbe acercarse a la familia del fallecido a menos de 1.000 metros o comunicarse con ellos durante 10 años y a pagar casi 300.000 euros de indemnización.

   Los hechos sucedieron en octubre de 2011. Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, tras la discusión, ambos hombres se fueron a sus respectivas casas, pero la víctima, increpado por su pareja que le "recriminaba que no hubiera hecho nada para defender el honor de la familia" y que estaba muy alterado, decidió ir a la casa del acusado portando un cuchillo, ante lo que éste cogió un bastón con fines intimidatorios.

   Cuando el procesado abrió la puerta, dice la sentencia, fue golpeado en la cabeza con un tarro de aceitunas por la pareja del vecino. Además, posteriormente, la víctima comenzó a lanzarle cuchilladas rozándole los brazos. Se produjo un forcejeo en el que el acusado logró coger el cuchillo y el otro consiguió quitarle el bastón, con el que le dio bastonazos, "azuzado por su mujer con expresiones como 'mátalo'".

   En esa situación, el acusado "lanzó a su vez un golpe con el cuchillo hacia el cuerpo" de la víctima, causándole una herida que le atravesó el corazón "y le provocó la muerte". Los jurados consideraron que el procesado utilizó el cuchillo arrebatado "con fines defensivos para hacer cesar los golpes que el otro le estaba propinando con el bastón y en la creencia de que iba a serle dado en la cabeza el golpe definitivo".

   Además, el Tribunal apunta que no tenía intención de causar la herida que le produjo "ni que a resultas de la misma se produjera la muerte". Así, aunque se le condena por un delito de homicidio, ya que al usar el cuchillo "asumió todas las consecuencias que objetivamente pudieran derivarse de la utilización", se aprecia la atenuante de legítima defensa y se le rebaja la pena de prisión hasta los ocho años.

   Para aplicar dicha atenuante, la Sala y los jurados han tenido en cuenta que fue la víctima la que "persistió en dar continuidad a la disputa, personándose en la puerta de la vivienda del acusado en compañía de su pareja" y portando un cuchillo, lo que motivó que el otro cogiera el bastón, por tanto fue el ahora fallecido el que "tuvo la iniciativa del ataque físico", mientras que la actitud del acusado fue "motivada por el devenir de los hechos".

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