El Ayuntamiento ha obtenido las competencias para autorizar diversas obras y actuaciones que se desarrollen o ejecuten el PGOU en el ámbito del centro histórico. Después de más de dos años desde que se solicitara por primera vez a la Junta de Andalucía, el BOJA publica hoy la Orden de 16 de febrero, por la que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes delega al Ayuntamiento estas competencias que viene demandando desde diciembre de 2012, al objeto de aprobar directamente actuaciones en el centro sin necesidad de tener que remitirlos a la Comisión Provincial de Patrimonio de la Consejería de Cultura.
El delegado de Urbanismo, Agustín Muñoz, señala que la delegación de estas competencias son de vital importancia para poder atender las demandas que hacen los ciudadanos de agilizar y acortar los tiempos de tramitación de las actuaciones que se desarrollan en el centro histórico.
Según subraya Agustín Muñoz, “Hay muchos ciudadanos que tardan meses en ejecutar obras de poca envergadura, como pueden ser adecentamientos de fachadas o adaptaciones de locales o viviendas, ya que tienen que esperar el informe favorable de la Comisión Provincial si se desarrollan en el centro histórico. A partir de ahora, reduciremos estos plazos de forma considerable al ser el Ayuntamiento el que autorice directamente las obras”.
Además, subraya que la recuperación y revitalización del centro histórico es uno de los objetivos de este Gobierno, con proyectos en marcha como el Plan de Actuación 2014-2015, o la importante propuesta de regeneración integral del centro histórico que hemos incluido en el borrador del documento que acabamos de dar a conocer al comisario europeo Miguel Arias para obtener fondos europeos una vez que se publique la convocatoria, por lo que queremos contar con todos los instrumentos posibles para agilizar lo máximo posible las actuaciones que pongamos en marcha”.
Para obtener estas competencias, Agustín Muñoz recuerda que “ha sido necesario remitir a la Junta diversos escritos reiterando la petición original de diciembre de 2012 para que la Junta de Andalucía atienda esta petición del Ayuntamiento, a la que se sumó en verano del pasado año la Mesa del Centro Histórico.
Asimismo, subraya que desde el Ayuntamiento “hemos dado respuesta a todas las aclaraciones que nos han venido haciendo desde la Junta y hemos aportado toda la documentación que nos han requerido”.
A partir de ahora – la Orden establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación- las competencias para autorizar directamente estas intervenciones serán asumidas por la Comisión Municipal de Patrimonio Histórico, que ya tiene creado su propio Reglamento y que se pondrá en funcionamiento con la delegación de estas competencias.
La Orden establece la delegación al Ayuntamiento de estas competencias salvo en los casos recogidos en los artículos 40.1 y 40.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, que no se pueden delegar, como son obras y actuaciones en monumentos, jardines históricos o zonas arqueológicas y en sus correspondientes entornos, así como en el ámbito territorial vinculado a actividades de interés etnológico.
También vienen recogidos en esta Ley y por tanto no se delegan las demoliciones que afecten a inmuebles inscritos individualmente en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz o que formen parte del entorno de Bienes de Interés Cultural; o bien las demoliciones que afecten a inmuebles incluidos en conjuntos históricos, lugares de interés etnológico o zonas patrimoniales, que no estén inscritos individualmente en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz ni formen parte del entorno de Bienes de Interés Cultural.
Fuera del entorno de Bienes de Interés Cultural, la Comisión Municipal de Patrimonio Histórico podrá autorizar directamente actuaciones de nueva planta, obras de rehabilitación o de reurbanización de calles y plazas, por poner algunos ejemplos.