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Jaén

El Turno de Oficio a juicio

La justicia gratuita es un servicio público recogido en la Constitución y, sin embargo, poco reconocido socialmente

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  • Más abogados de oficio -

En la provincia de Jaén hay más de 400 abogados (427 en 2013)  apuntados al turno de oficio, el 32 por ciento del censo total. Ellos son los encargados de una asistencia jurídica gratuita que era considerada históricamente como un beneficio de pobreza para el solicitante y un deber para los abogados, basado en razones de caridad y piedad.

Se trata de un servicio voluntario que paga la administración, en Andalucía la Junta, que es la que tiene las competencias en Justicia. Un ejercicio de la profesión visto en algunos casos como algo romántico. Un servicio que se presta los 365 días del año las 24 horas del día y por el que la Administración paga al profesional entre cinco y siete veces menos que la minuta de un abogado particular. Sirva de ejemplo, que si un divorcio contencioso puede costar alrededor de 1.500 euros en una minuta normal de un abogado particular, en la justicia gratuita ese mismo abogado cobrará unos 190 euros.

Aunque no es éste el principal problema al que se enfrentan los que lo ejercen, sino que el pago suele llegar tarde. La media de retraso se encuentra entre nueve meses y un año, sin poder contar con ese dinero porque no hay una fecha fija para el cobro lo que genera una gran incertidumbre. De hecho, hace unos días la Junta de Andalucía abonaba todo los servicios del 2014, siendo la primera vez en la historia que se ponía al día de un año al finalizar el mismo.

Por eso, la media de los abogados inscritos en el turno de oficio en la provincia es de unos 30 años. De forma tradicional cuando un abogado montaba su despacho o se situaba un poco dejaba el turno. Pero la crisis también ha cambiado esto. Se han cerrado despachos de abogados, y desde hace unos años se ha doblado el número de abogados en el servicio que buscan una forma de completar sus ingresos, lo que origina que sean más profesionales a la hora de repartir los casos, menos las asistencias a las que tienen acceso y menor el dinero que ingresan.

Francisco Barneo, lleva más de 25 años en el turno de oficio. Es uno de los veteranos y una excepción entre los profesionales que se dedican a esto. Sigue en él por tradición, porque es una forma de estar en contacto y no perder el hilo penal, pero no cree que sea para nada rentable. Asegura que ha aumentado de tal manera el listado de abogados “que tocamos a menos”.

“Tarde, sin ninguna periodicidad concreta, los desplazamientos no se cobran, llega un momento en el que el abogado se plantea que le cuesta el dinero”. Esta es la visión de Alfonso Montiel, presidente del Grupo de Abogados Jóvenes de Jaén, que se queja de que socialmente no se le da la importancia que verdaderamente tiene este servicio público, con “un papel fundamental en el Estado de Derecho para que haya justicia social, igual que cuando alguien va a la Seguridad Social porque no se puede permitir un médico privado”. 

De la misma opinión es el abogado jienense Julián del Moral, presidente de la Federación Andaluza de Abogados Jóvenes. Hace seis u ocho años un abogado del turno podía tener en un partido judicial siete guardias al mes ahora una o dos. También cree que el turno de oficio, la justicia al detenido es uno de los pilares del estado de derecho que se debería cuidar por parte de la administración, y que hay miedo de que el servicio se privatice como ha ocurrido con otros servicios públicos.

La provincia de Jaén está dividida en diez partidos judiciales:  Jaén, Alcalá la Real, Andújar, Baeza, Cazorla, La Carolina, Linares, Martos, Úbeda, Villacarrillo. Los abogados del turno de oficio pueden inscribirse hasta en tres partidos.

Su retribución de los actos de defensa y representación gratuita, se determina de acuerdo a las bases económicas y módulos aprobados por la Consejería de Justicia y Administración Pública. La última  Orden es de 2012, que modificaba otra de 2009, bajando de media un 10 por ciento las retribuciones. Se establecen en distintos módulos en las jurisdicciones, penal, civil, contencioso-administrativa, social o militar. Por ejemplo, los servicios de guardia con independencia de las intervenciones que se hagan 126 euros, un procedimiento penal con tribunal con jurado y delitos contra la vida 567 euros, un procedimiento rápido de delitos de violencia de género con conformidad, 224 euros, un proceso matrimonial de mutuo acuerdo 143 euros, un procedimiento penal general 331 euros, o un proceso ordinario civil, 265 euros.

Las bases económicas no recogen gastos que tienen que pagarse los abogados como las copias de los autos, los desplazamientos para revisar los expedientes judiciales, los traslados a centros penitenciarios, los gastos de envíos y comunicaciones con el cliente y no le cubren todos los gastos de desplazamiento en las suspensiones de los señalamientos.

Pero, ¿cómo funciona el sistema de justicia gratuita?  Son los colegios de abogados los que ponen a disposición de los usuarios los profesionales especialistas en cada una de las materias.  Para ello hay que acreditar que no tiene los suficientes recursos para litigar. Eso es cuando la suma de sus recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no supere unos umbrales para los que se tienen en cuenta en IPREM (el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). También tienen acceso a la justicia gratuita,  quienes acrediten alguna de las circunstancias familiares establecidas en la Ley de asistencia jurídica gratuita, y cuyos recursos e ingresos no superen 5 veces el IPREM (31.950,65 euros). Además hay una serie de personas y supuestos que no necesitan demostrar su necesidad económica.

Los letrados que estan incluidos en la lista de un día determinado, deben encontrarse localizables para poder ser requeridos cuando se necesiten sus servicios. Si no es localizado por el servicio de asistencia al detenido del Colegio el día en que tenga asignada la guardia, se busca al siguiente en la lista por número de orden,no repitiéndose para el primero nueva designación hasta que no haya dado una vuelta completa a la lista de los censados en el servicio, incluso puede ser apercibido.

Es por tanto algunas de las obligaciones del abogado del turno estar localizable, acudir a la mayor brevedad posible y siempre dentro de las ocho horas a prestar la asistencia, lo que debe hacer de forma precisa, o informar debidamente al justiciable de su obligación de tramitar la solicitud de asistencia jurídica gratuita ante el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados.

Un servicio público, que ha cambiado radicalmente desde sus primeros pasos en la historia, cuando era un acto de caridad. Y que ha evolucionado, en sus leyes, tramitaciones, derechos, delitos, faltas, al tiempo que la sociedad, siendo un reflejo de la misma. Llegando incluso a traspasar las pantallas de la televisión, en esa visión romántica que ofrece, en la serie, “Turno de Oficio”. Donde se pintaba un cuadro de ese mundo de la justicia y la delincuencia de los años 80.

Lo que debe saber

¿Quién puede solicitar la justicia gratuita?
Todos los españoles, los ciudadanos miembros de la Unión Europea y los extranjeros que residan en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos. También, las entidades Gestoras y servicios Comunes de la Seguridad Social, en todo caso. Las asociaciones de utilidad pública previstas inscritas, que carezcan de recursos para litigar. En el orden jurisdiccional penal, contencioso-administrativo y vía administrativa previa, los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos, aun cuando no residan legalmente en España. Con independencia de la existencia de recursos se reconoce el derecho a las víctimas de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, así como a los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato, y a sus familiares en caso de fallecimiento de la víctimas, siempre que estos no fueran los agresores.
 

¿Dónde tengo que ir y que debo hacer para solicitar la Justicia gratuita?
En el orden jurisdiccional civil, mercantil, contencioso deberá acudir al Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) del Colegio de Abogados correspondiente. En Jaén en el colegio de abogados situado en la Calle Carmelo Torres, 13. En el orden penal, será el letrado que haya asistido al ciudadano el que rellenará la solicitud de justicia gratuita .

¿Cuáles son los casos habituales en los que se solicita la justicia gratuita?  
En el ámbito civil las ejecuciones hipotecarias por la crisis, las modificaciones de medidas derivadas de divorcios y separaciones por imposibilidad de poder pagar pensiones o los desahucios por impagos de alquileres. En el Contencioso, los despidos. En el ámbito penal todo tipo de delitos, incluso faltas.

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