El tiempo en: San Fernando

Huelva

El TSJA avala la multa al Ayuntamiento de Moguer por pozos ilegales

Desestima el recurso contencioso-administrativo presentado por el Ayuntamiento contra la resolución de mayo de 2015 de la CHG que impuso una multa de 585 euros

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Ayuntamiento de Moguer. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado conforme a derecho la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) que multa al Ayuntamiento de Moguer (Huelva) por permitir pozos ilegales para riego en terrenos municipales del entono de Doñana.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el TSJA desestima el recurso contencioso-administrativo presentado por el Ayuntamiento contra la resolución de mayo de 2015 de la CHG que impuso una multa de 585 euros y la obligación de inutilizar los pozos.

Ello después de considerar al Consistorio responsable de una infracción leve por la apertura de siete captaciones de agua subterránea para riego y cultivo de frutos rojos en el paraje denominado 'El Gago', en el término municipal de Moguer, sin autorización del organismo de cuenca.

El Ayuntamiento basó su recurso en falta de legitimación pasiva, ya que los terrenos están cedidos en concesión a terceras personas; y ausencia de culpabilidad, ya que la captación ha sido hecha por el concesionario, sin que el Ayuntamiento haya participado en nada.

Sin embargo, el TSJA considera que el hecho de que los pozos no hayan sido abiertos por el Ayuntamiento "no elimina su responsabilidad" e indica que, además, podría ser sancionado a título de "simple inobservancia" por no ejercer la vigilancia necesaria en evitación de que el concesionario incumpliera la normativa relativa a la apertura de pozos.

Por todo ello, el TSJA considera ajustada a derecho la resolución de la CHG, y condena al Ayuntamiento de Moguer al pago de las costas procesales causadas.

Hay que recordar que el TSJA ya ratificó el año pasado la multa de 1.429 impuesta al Ayuntamiento de Lucena del Puerto por unos hechos similares, sin que, ni siquiera le eximiera de su responsabilidad el hecho de haber abierto expedientes sancionadores por la apertura de pozos. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN