Los dos hermanos a los que un jurado popular encontró culpables de matar a puñaladas a un hombre, en unos hechos que en principio se consideró que habían sido provocados por una supuesta deuda de cinco euros, en un parque de Maracena, en el área metropolitana de Granada, han sido condenados a penas de once y nueve años de prisión.
Tras reconocer en su declaración en el inicio de la vista oral los hechos ambos hermanos, condenados ahora por homicidio, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, indica que sobre las 20,30 horas del 24 de junio de 2019 la víctima inició una discusión con los dos hermanos, que tienen actualmente 37 y 40 años.
En un momento de la contienda, el menor, condenado a nueve años pues el jurado pidió aplicar una circunstancia atenuante de afectación mental por un "retraso mental ligero", se abalanzó sobre la víctima, "lo agarró y lo tiró al suelo, momento que aprovechó" su hermano mayor, cuya pena se eleva a los once años, para "coger el cuchillo y, con la intención de acabar con la vida de este", apuñalarlo "dos veces en la parte superior del muslo de la pierna izquierda".
"Una puñalada alcanzó una profundidad de 13 centímetros y atravesó toda la masa muscular, y la otra", de 16,5 centímetros, "le atravesó y seccionó la femoral causándole la muerte", agrega la sentencia, de fecha 10 de mayo, y que se produce después de que la defensa de ambos procesados se adhiriera a las conclusiones de la Fiscalía tras rebajar sus peticiones de prisión, que en principio alcanzaban los 19 años de prisión por supuesto asesinato.
En su derecho a la última palabra, ambos procesados, que han de indemnizar a la hermana del finado con 30.000 euros y a cada uno de los dos hijos del mismo con 130.000 euros, pidieron perdón por lo ocurrido. La sentencia contextualiza el delito de homicidio en tanto que el autor material de las puñaladas "utiliza en el ataque un cuchillo de grandes dimensiones" y "se ataca una zona del cuerpo --la parte superior del muslo-- susceptible de generar daños físicos severos y afectar una arteria vital como es la femoral".
"Esa posibilidad de afectación es comúnmente conocida", agrega la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada, que hace constar que el jurado, que concluyó que los procesados eran culpables por unanimidad, se mostró desfavorable a la suspensión de la ejecución de la pena y a la posibilidad de indulto de los condenados, ambos en prisión provisional desde el 27 de junio de 2019.