El Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Granada ha ordenado a la Universidad de Granada (UGR) que abra y tramite un expediente disciplinario a raíz de la denuncia por supuesto acoso laboral presentada por la profesora titular de Literatura Hispanoamericana Milena Rodríguez Gutiérrez.
En concreto, el referido juzgado -según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso EFE este martes y contra la que cabe recurso- ha estimado de forma parcial el recurso de esta docente contra la resolución que desestimó otro recurso suyo frente a una decisión de la rectora de la institución académica, Pilar Aranda.
En concreto, esta última sostuvo que, de la denuncia, no se deducían "indicios" de infracciones disciplinarias que pudieran justificar la apertura de un expediente disciplinario en las que pudiese haber incurrido el profesorado del Departamento de Literatura Española.
El juzgado ha anulado ahora dicha resolución recurrida por "no ser conforme a derecho", y ha ordenado a la administración demandada (UGR) la incoación y tramitación del correspondiente expediente disciplinario, previa su completa instrucción para la depuración de los hechos denunciados.
En la sentencia se explica que Milena Rodríguez es funcionaria de carrera, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, y que desempeña sus funciones en el Departamento de Literatura Española.
En febrero de 2020 presentó denuncia por acoso laboral de más de diez años dentro de dicho departamento, y pidió que se adoptaran con urgencia las medidas de investigación y de protección necesarias para que este cesara.
La Unidad de Igualdad de la UGR inició entonces un proceso de mediación al que la profesora renunció por entender que, ante este proceso de supuesto acoso laboral, se planteaba mediar entre las partes y colocaba "al mismo nivel" a la supuesta víctima y las presuntas conductas acosadoras, por lo que pidió la incoación de procedimiento disciplinario contra los denunciados.
Las conductas acosadoras denunciadas le estarían limitando, a juicio de la denunciante, su promoción profesional y académica, dado que se le habría impedido la docencia de Posgrado de su especialidad, obligatoria para conseguir acreditaciones como profesora titular y como catedrática de mayor nivel y prestigio.
A raíz de su recurso, el Juzgado de lo Contencioso recoge en su resolución que, desde la referida denuncia, no se puede desconocer que se ha contado con "indicios y datos susceptibles en gran medida" de afectar al buen funcionamiento de ese departamento universitario y que demandan la apertura de un procedimiento sancionador.
RESOLUCIÓN "AMBIGUA"
En concreto, la jueza considera que la resolución, en este caso concreto, ha sido "del todo ambigua y contradictoria", incide en que se ha evidenciado que la conclusión alcanzada resulta "cuando menos imprecisa y ambigua", y añade que parece "responder más a un ánimo de defensa corporativa que a vislumbrar la realidad de lo verdaderamente acaecido".
Por todo ello, cree que la existencia de "indicios iniciales" sobre la conducta denunciada es "suficiente" para incoar y tramitar un expediente disciplinario con todas las garantías legales, sin prejuzgar todavía la decisión final, que pueda esclarecer lo ocurrido.
La jueza explica también que la estimación es parcial dado que, por la naturaleza revisora de la jurisdicción contencioso administrativa, no es posible atender a la totalidad de lo solicitado en la demanda, que pedía que se declarara la existencia de acoso laboral y medidas disciplinarias.
El abogado de la demandante, Antonio Sánchez, ha considerado "muy positivo" el pronunciamiento del juzgado, al considerar que estima la pretensión principal de la profesora, aunque sus consecuencias sean "desoladoras" de cara a la imagen de la UGR.
En este sentido, aclara que la sentencia ordena abrir expediente disciplinario a seis profesores de un departamento, entre ellos la decana de una facultad, por indicios y datos suficientes de anomalías en su funcionamiento, según el letrado, quien ha apuntado una actitud "dilatoria" por parte de la institución.
RESPUESTA DE LA UNIVERSIDAD
Por su parte, fuentes del Rectorado han indicado a EFE que el expediente no fue iniciado en su momento debido al resultado de una "información reservada", una investigación previa que no representa procedimiento disciplinario.
En la sentencia no se indica que los hechos denunciados sean acoso, sino que habrá que abrir expediente disciplinario y en la instrucción del mismo se acreditarán o no los hechos denunciados, han señalado desde la UGR, que acatará la sentencia en el momento en que sea firme y se abrirá, en su caso, el procedimiento disciplinario, que implica el nombramiento de un instructor para realizar todas las averiguaciones y pruebas.
El Rectorado advierte de que la sentencia solo estima la denuncia en parte, concretamente en lo relativo a que hay indicios para abrir un expediente disciplinario, pero rechaza que se declare que había acoso, medidas disciplinarias y restauración de derechos supuestamente vulnerados.