El Consejo de Ministros extraordinario que aprobará medidas excepcionales frente al coronavirus en virtud de un real decreto ley que establecerá el estado de alarma en todo el país ha comenzado pasadas las 10.30 horas presidido por el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, ha informado el Palacio de La Moncloa.
Todos los ministros, a excepción de las titulares de Igualdad, Irene Montero, y Política Territorial, Carolina Darias, contagiadas de coronavirus, asisten a este encuentro que se está celebrando de manera presencial en La Moncloa, precisan a Europa Press fuentes del Gobierno.
Cuando concluya, será el propio Sánchez quien informará de su contenido en una rueda de prensa desde Moncloa que, por segunda vez, tendrá lugar sin presencia física de periodistas, que remitirán sus preguntas vía telemática.
Entre las medidas que incluirá el decreto figura la posibilidad de derivar pacientes desde la sanidad pública a la privada para poder hacer frente a la saturación que registra ya el sistema público en lugares como la Comunidad de Madrid, la región más afectada, han avanzado a Europa Press fuentes del Ejecutivo.
Sánchez ya explicó el viernes que su intención decretando el estado de alarma era ser más eficientes y rápidos a la hora de movilizar recursos económicos y sanitarios; públicos y privados, civiles y militares, para combatir esta emergencia sanitaria que, advirtió, en España aún está en una "primera fase". Y es que el presidente no descartó que la próxima semana el país pudiese superar la cifra de más de 10.000 afectados.
El jefe del Ejecutivo hizo un llamamiento a la responsabilidad de la ciudadanía, subrayando que el verdadero heroísmo hoy está en "lavarse las manos, quedarse en casa" para contener así los contagios y proteger a la población más vulnerable (las personas de edad avanzada, con patologías o inmunodeprimidas) que es la que puede precisar con mayor probabilidad ingreso hospitalario en caso de contraer el virus.
El estado de alarma que se aprobará decretar este sábado tendrá una vigencia de 15 días, prorrogable si así lo autoriza el Congreso de los Diputados. La ley que regula este instrumento excepcional para crisis sanitarias o de otro tipo otorga al Gobierno la potestad de limitar la circulación de personas o intervenir fábricas, requisar bienes, imponer prestaciones personales obligatorias o sanciones para su cumplimiento.
El Ejecutivo podría también limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad. Y dar las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados por las situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad. En este último caso, el Ejecutivo incluso podría acordar la intervención de empresas o servicios.