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España

Rull maniobró contra el Estado y Romeva presionó a la UE

El Supremo destaca la "intervención decisiva" de la consejera para ejecutar el referéndum

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  • El exconseller de la Generalitata de Catalunya, Josep Rull. -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera probado que en la "estrategia concertada" de los ex consejeros del Govern de Carles Puigdemont para alcanzar la supuesta república catalana mediante la sedición, el titular de Exteriores Raul Romeva presionó a la Unión Europea, el de Territorio y Sostenibilidad Josep Rull maniobró para impedir el funcionamiento del Estado y los responsables de Presidencia y Trabajo, Jordi Turull y Dolors Bassa, respectivamente, propiciaron la ejecución del referéndum el 1 de octubre a sabiendas de su ilegalidad.

Así lo detalla la sentencia, de 493 páginas, en su relato de hechos probados sobre el papel de cada uno de estos consejeros a los que condena a penas de entre 10 y 12 años de prisión por delitos de sedición por sus distintos niveles de participación en esa "estrategia concertada" para "crear una aparente cobertura jurídica que permitiera hacer creer a la ciudadanía que cuando depositara su voto estaría contribuyendo al acto fundacional de la República independiente de Cataluña".

En el caso de Josep Rull, el Supremo concluye que siendo "plenamente consciente de la inobservancia de la legalidad" que implicaba seguir adelante con el plan, puso "las bases que propiciaron las condiciones de la movilización ciudadana". "Impidió así el normal funcionamiento del Estado que actúa en defensa de la legalidad, participó en la convocatoria de un referéndum ilegal y participó también en su realización", dice la sentencia.

A juicio de los siete magistrados, la actividad de Rull "no se limita a una idea, o a su expresión, sino a la ejecución de actos que supusieron la creación de unas condiciones que sitúan al proceso en la ilegalidad, poniendo las condiciones que estimó precisas para impedir el funcionamiento de los servicios públicos y la actuación de Estado de acuerdo a la legalidad".

En este sentido, la Sala pone el acento en dos hechos: Que Rull intervino para impedir que amarrase en el puerto de Palamós el barco donde iban a alojarse parte de los efectivos policiales que el Estado envió a Cataluña para garantizar el cumplimiento de la ley y que puso locales gerenciados por su departamento al servicio de la celebración del referéndum, a sabiendas de que estaba prohibido. Le ha condenado a 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta.

ROMEVA: 'SI GANA EL REFERÉNDUM, INDEPENDENCIA'

En el caso de Raul Romeva, su papel se incardina de cara al exterior, como responsable de "asumir la estrategia" del Govern para legitimar internacionalmente el referéndum y desde esta posición, "intentó convencer de la viabilidad de la construcción de una República catalana, relativizó las dificultades logísticas para la celebración de la consulta popular y llegó a acusar a las instituciones europeas de que perderían credibilidad si no apoyaban el referéndum".

A juicio de los magistrados, Romeva, condenado a 12 años de cárcel por sedición, "era conocedor de que estaba promoviendo la creación de una legalidad paralela y que, mediante la movilización ciudadana y el apoyo internacional, se podría neutralizar la capacidad de las autoridades gubernativas y judiciales para ejercer las funciones constitucionales que les
son propias".

"Pese a todo, el día 28 de septiembre de 2017 llegó a afirmar públicamente que 'si ganaba el referéndum se declararía la independencia en 48 horas desde que se hiciese oficial
el recuento'", añaden los magistrados.

TURULL LAS URNAS, BASSA LOS LOCALES

Respecto a Jordi Turull, el Supremo considera que "intervino activamente en la concertada actuación sediciosa" ya que participó en distintas reuniones "definitorias" de la estrategia a seguir ya desde su papel como parlamentario y Presidente del grupo parlamentario de Junts pel Sí, pues "intervino activamente en la creación y puesta en marcha del Pacte Nacional pel Referendum y en la aprobación de la Resolución 306/XI, en la que se instaba al Govern a la convocatoria de
un referéndum".

No obstante, se le condena además porque fue quien junto al vicepresidente Oriol Junqueras y a Raúl Romeva presentó las urnas que iban a utilizarse el 1 de octubre, cuando además anunció en rueda de prensa un sistema de censo universal creado a partir de registremeses.com que según dijo, haría posible el voto de los ciudadanos en cualquier colegio electoral.

"El acusado sabía que la desatención a los requerimientos del Tribunal Constitucional ya había sido considerada por esta Sala como un delito de desobediencia. Y tenía que prever también
que si la acción imputada no se limitaba a una conducta omisiva de rechazo al mandato, sino que incluía la creación de una legalidad paralela para promover la inobservancia de las leyes y, además, la celebración de un referéndum prohibido que se pretende hacer realidad mediante una tumultuaria movilización ciudadana para rechazar el cumplimiento de las resoluciones judiciales, el título de imputación se agravaba", sentencia la Sala.

LA INTERVENCIÓN DECISIVA DE BASSA

La Sala detalla asimismo que Dolors Bassa adoptó las decisiones necesarias para procurar la celebración del referéndum, pues "cedió el uso de centros cívicos como locales para la votación el 1 de octubre, y para la jornada de Escoles Obertes que se celebró durante ese fin de semana", una iniciativa ciudadana cuyo fin era, tal y como expone la sentencia, "evitar o, cuanto menos, dificultar notablemente el cumplimiento de las órdenes del Tribunal Superior de Justicia sobre el cierre de los centros de votación el día 1 de octubre".

En este sentido, destaca su "intervención decisiva" para garantizar la disponibilidad de esos locales porque "para evitar riesgos y que iniciativas individuales pudieran interferir en el plan trazado, el día 28 de septiembre y hasta las 07.00h del día 2 de octubre, avocó para sí la competencia de todos los directores responsables de los centros afectados".

"Y lo hizo justo al día siguiente de que la Magistrada instructora del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictara el auto que ordenó el cierre de los colegios electorales el 1 de octubre", añade el tribunal, que le impone 12 años de prisión, al igual que a Romeva y Turull, 12 años de prisión por un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía.

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