El tiempo en: San Fernando

Córdoba

Nieto: \"Al margen de lo que a uno le guste\" hay una realidad histórica y jurídica en la Mezquita-Catedral

Comenta que \"ante la obviedad hay alternativas, pero no es que un gobierno o una presidenta de un gobierno manifieste o exprese su deseo o lo que a ella le gustaría\", a lo que añade que \"cuando uno gobierna o acata las normas y lo que de ellas se desprenden, o trata de cambiarlas\".

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • NIETO -

El alcalde de Córdoba, José Antonio Nieto (PP), ha manifestado este martes que "al margen de lo que a uno le pueda gustar o no" hay una realidad histórica y jurídica en la Mezquita-Catedral y que "se plasma" en un informe en el que trabaja el Gobierno central, que avala la titularidad de la Iglesia sobre dicho monumento Patrimonio de la Humanidad.

   En una rueda de prensa, Nieto se ha referido a dicho informe, que "pone de manifiesto algo que sinceramente nadie duda", aunque apunta que "otra cosa es que pueda haber personas a las que les gustaría que la realidad fuera distinta, pero la realidad es la que es, y es que la Mezquita-Catedral de Córdoba desde 1236, y con seguridad jurídica desde algunos años después, pero ya prácticamente ocho siglos, es un espacio cuya titularidad corresponde al Cabildo Catedral y la Iglesia Católica".

   En este sentido, subraya que "a lo largo del tiempo ha sido atendida, cuidada y utilizada por quienes son pública y manifiestamente sus titulares", de manera que insiste en que "hay una realidad jurídica que se plasma en este documento y que traslada lo obvio".

   De este modo, comenta que "ante la obviedad hay alternativas, pero no es que un gobierno o una presidenta de un gobierno manifieste o exprese su deseo o lo que a ella le gustaría", a lo que añade que "cuando uno gobierna o acata las normas y lo que de ellas se desprenden, o trata de cambiarlas".

   En este caso, subraya que "hay una realidad jurídica e histórica, que es la que se refleja en el informe que se hace por parte del Gobierno de España, y hay una intención o deseo que puede tener una parte de la sociedad o algunos ciudadanos que para que se pueda producir exige cambios". Así, indica que "lo que puede hacer la Junta ante esta realidad es acatarla o utilizar la ley para cambiar la realidad, no hay otra".

   En concreto, dicho informe en el que trabaja la Dirección General de Patrimonio del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda, y que ha adelantado el diario 'ABC', aporta datos "contundentes" sobre la titularidad eclesiástica a instancias de la denuncia de un particular del pasado mes de febrero que señalaba la "posible usurpación del inmueble por parte del Obispado".

   En este informe aparece certificación registral de la titularidad del Cabildo Catedralicio. A su vez, desde que existe legalmente el Catastro, la Mezquita-Catedral consta como propiedad de la Iglesia Católica desde 1978 --incluso por vía telemática desde 1996--. Ambos aspectos han sido aportados por la Delegación de Hacienda de Córdoba en el expediente que se abrió por el escrito del particular. Ese periodo rebasa los 30 años que marca el Código Civil para la posesión pacífica e ininterrumpida de un bien sin necesidad de título ni de buena fe. Al Estado no le consta en su inventario patrimonial.

   Además, hay otro elemento oficial que maneja el Gobierno que se basa en el anteproyecto de ley aprobado el pasado día 11 por el Consejo de Ministros que modificará, entre otras cuestiones, la forma en la que la Iglesia podrá inmatricular --inscribir en el Registro de la Propiedad por primera vez-- sus bienes sin efectos retroactivos a la anotación realizada sobre la Mezquita-Catedral en 2006. El nuevo régimen planteado por el departamento de Alberto Ruiz Gallardón equipara la situación de la Iglesia a la del resto de la sociedad en este tipo de trámites, pero mantiene las cosas como están en lo tocante al primer templo de la diócesis cordobesa.

   El punto de partida es el actual artículo 206 de la Ley Hipotecaria, aprobado en su momento para establecer un sistema sencillo para que la Iglesia --que no pudo registrar sus bienes durante décadas-- inmatriculase sus propiedades.

   El trámite "normal" es que un ciudadano o una empresa presenta documentos acreditativos de la propiedad ante el registrador para inscribirlo a su nombre. En el caso de las administraciones, lo hace un funcionario. Y en el caso particular de los bienes eclesiásticos, la certificación puede emitirse desde el diocesano correspondiente. En el caso más cercano, el obispo de Córdoba, lo que cambia desde ahora con esta reforma, si bien el Ejecutivo "blinda" a la Mezquita.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN