El tiempo en: San Fernando
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Benalmádena

Abierto el plazo de solicitud de subvenciones para personas mayores y con discapacidad

Podrán optar a las subvenciones las personas físicas mayores de 65 años, y aquellas personas que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Teleasistencia con mayores. -
  • El plazo finalizará el próximo 24 de septiembre

La concejala de Tercera Edad, Irene Díaz, ha anunciado hoy que se ha abierto el plazo para solicitar a la Junta de Andalucía subvenciones individuales para personas mayores y para personas con discapacidad, finalizando el mismo el próximo día 24 de septiembre.

En cuanto a las primeras, serían subvencionables la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales, así como actuaciones preparatorias para su implantación, siempre que en el presupuesto esté incluido la prótesis y/o órtesis dentales a adquirir, renovar o reparar.

Podrán solicitar las anteriores subvenciones las personas físicas mayores de 65 años con vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La cuantía máxima de la subvención asciende a 600 euros.

Las subvenciones para personas con discapacidad pueden incluir los siguientes conceptos:

La adaptación de vehículos a motor.

La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.

La adquisición, renovación o reparación de recursos tecnológicos (dispositivos, equipos, instrumentos, tecnología, aplicaciones, software, etc) fabricados especialmente o disponibles en el mercado, destinados a prevenir, mitigar o paliar necesidades o limitaciones de las personas con discapacidad en su vida diaria, mejorar su vida independiente, su comunicación, la interacción con equipos informáticos, la educación, la integración laboral o la teleasistencia.

Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.

Podrán solicitar las subvenciones por discapacidad aquellas personas que tengan reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% y poseer resolución de reconocimiento del grado el último día de presentación de solicitud.

Para solicitar ambas ayudas los ingresos de la unidad económica de convivencia no pueden superar 1,25 veces el IPREM per cápita, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento colectivo el último día de plazo de presentación de solicitudes.

Para mayor información pueden contactar con los Servicios sociales municipales a los teléfonos 951922570 / 952576128 / 952560425

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN