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Andalucía

La Junta creará un registro de profesionales sanitarios objetores a la eutanasia

La Consejería de Salud y Familias ha iniciado el procedimiento para crear, vía decreto, "un registro de profesionales sanitarios objetores a la eutanasia"

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  • Interior del Hospital Virgen De La Victoria de Málaga. -
  • El registro "se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal"

La Consejería de Salud y Familias ha iniciado el procedimiento para crear, vía decreto, "un registro de profesionales sanitarios objetores a la eutanasia", y "una comisión de garantía y evaluación en el ámbito de la eutanasia que desempeñe en Andalucía las funciones establecidas por la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo", de regulación de la eutanasia.

Son los dos objetivos que contempla el proyecto de decreto por el que se crea el Registro de profesionales sanitarios objetores a la eutanasia y la Comisión de Garantías y Evaluación, que la Consejería de Salud y Familias somete actualmente al trámite de consulta pública previa, según la información recogida en la web de la Junta de Andalucía, consultada por Europa Press.

Este decreto deriva de la citada ley orgánica de regulación de la eutanasia, cuyo artículo 16.2 establece que "las administraciones sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir, en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria para que esta pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir".

El registro "se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal", según especifica la ley estatal, cuyo artículo 17, a su vez, dispone que "existirá una Comisión de Garantía y Evaluación en cada una de las comunidades autónomas" con una composición "multidisciplinar" y con un número mínimo de siete miembros entre los que se incluirán personal médico, de enfermería y juristas.

Esta comisión tendrá "naturaleza de órgano administrativo creado por el gobierno autonómico que determinará su régimen jurídico", según se establece en la ley que el Congreso de los Diputados aprobó de forma definitiva el pasado 18 de marzo, pero que no entra en vigor hasta tres meses después de su publicación, el pasado 25 de marzo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), salvo el artículo 17, ya vigente.

Al explicar la elaboración del decreto sometido a consulta pública previa, desde la Consejería de Salud y Familias se argumenta que la Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte "no contempla la regulación de la 'eutanasia', y su desarrollo por el Decreto 59/2012, de 13 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía, no recoge los casos previstos en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo".

De esta manera, "en Andalucía no existe un registro de profesionales sanitarios objetores a la eutanasia", y "tampoco hay un órgano administrativo con las características y funciones previstas en la ley orgánica citada para la comisión de garantía y evaluación", según confirma la consejería que dirige Jesús Aguirre, que explica así que "es necesario crear un registro de profesionales sanitarios objetores a la eutanasia y una comisión de garantía y evaluación, para cumplir con las previsiones de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo".

Desde la Junta agregan que "la creación de un órgano administrativo requiere su aprobación mediante decreto", según el artículo 21 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y "no se identifican soluciones alternativas que permitan desarrollar las previsiones de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, por lo que la única solución factible es un proyecto de carácter normativo".

Los ciudadanos y las organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este proyecto de la Junta a través del correo electrónico 'consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es', en un plazo de tiempo establecido entre los días 12 y 30 de este mes de abril.

Quien formule estas aportaciones debe incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

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