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Andalucía

Alaya rechaza la pensión alimenticia de 1.840 euros solicitada por el exconsejero Antonio Fernández

En un auto fechado este pasado miércoles, seis rechaza esta solicitud y argumenta que tampoco resulta "acreditado" la "imposibilidad" de Fernández "para ejercer profesión o trabajo con el que se pueda sustentar por sí mismo"

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La juez Mercedes Alaya, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) supuestamente irregulares, ha rechazado conceder al exconsejero de Empleo de la Junta Antonio Fernández una pensión alimenticia de 1.840 euros que éste había solicitado al considerar la magistrada que "no se acredita en modo alguno la situación de necesidad en la que dice encontrarse".

   Fernández solicitó dicha pensión para atender "sus necesidades más básicas" alegando que "de no contar con benevolente y graciable ayuda de ciertos próximos se vería abocado a la pura indigencia", y pidió que se fijase dicha pensión con cargo a la indemnización de 37.935 euros que le correspondió por su despido de la empresa González Byass y que le fue embargada por la magistrada.

   En un auto fechado este pasado miércoles y consultado por Europa Press, la juez de Instrucción número seis rechaza esta solicitud y argumenta que tampoco resulta "acreditado" la "imposibilidad" de Fernández "para ejercer profesión o trabajo con el que se pueda sustentar por sí mismo".

   En ese sentido, el auto recuerda que el exconsejero alegó que "tras ser despedido de su puesto de trabajo como presidente del Consejo Regulador del Vino de Jerez, le ha sido inútil todo intento de ocuparse laboralmente, habiéndosele agotado en la actualidad cualquier tipo de prestación o ayuda por desempleo, careciendo de medios económicos para atender a sus necesidades más básicas".

   Alaya razona que la concesión de dicha pensión "conllevaría que en el plazo de apenas 20 meses (menos de dos años) se agotara dicha indemnización cuyo embargo fue decretado, haciendo inútil el embargo acordado, pues no se prevé que la presente causa se encuentre resuelta definitivamente a corto plazo".

   Además, destaca "la cuantía de la fianza impuesta para asegurar las responsabilidades civiles que de la presente pudieran derivarse, la cual asciende nada menos que a 807.403.232,44 euros", ya que recuerda que la concesión de la referida pensión "repercutiría en perjuicio de la finalidad que se pretende en este procedimiento con las medidas de aseguramiento de bienes que se han adoptado, teniendo en cuenta la responsabilidad pecuniaria que en su día pudiera declararse en contra de este imputado y por la que se le ha impuesto fianza".

   Ello, añade Alaya, "hace más que necesario asegurar cuantos más bienes, especialmente dinero y efectivo, sean precisos en aras a evitar la carencia de bienes con los que afrontar una posible responsabilidad civil".

   Asimismo, la juez se apoya también "en la investigación patrimonial obrante en autos (...) que indiciariamente muestran un enriquecimiento ilícito" por parte de Fernández, "con una situación económica muy por encima de lo que ahora pretende hacer ver" al interesar una pensión de alimentos.

   "Basta con mencionar que en el año 2008 adquiriría cuatro inmuebles, dos para él y otros dos para su hijo, concluyendo dicho atestado que el patrimonio correspondiente a sus dos hijos podría imputarse al señor Antonio Fernández; todo lo cual no hace sino corroborar la innecesariedad del otorgamiento de una pensión de alimentos a favor de este imputado", sentencia la juez.

   Así las cosas, Mercedes Alaya concluye que "no ha lugar" acceder a la solicitud realizada por Antonio Fernández relativa a la fijación de una pensión de alimentos, y ello a través de un auto contra el que cabe recurso de reforma y subsidiaria apelación.

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