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Almería

El SAS indemniza con 31.634 euros por muerte de recién nacida a quien se diagnosticó tardíamente una cardiopatía

El Servicio Andaluz de Salud ha reconocido que no se dispensó la prestación sanitaria \"correcta y adecuada\" a una bebé a quien se le diagnosticó de forma \"tardía\" una \"cardiopatía compleja\" de la que fue operada \"sin éxito\" diez días después de su nacimiento

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El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha reconocido que no se dispensó la prestación sanitaria "correcta y adecuada" a una bebé a quien se le diagnosticó de forma "tardía" una "cardiopatía compleja" de la que fue operada "sin éxito" diez días después de su nacimiento y ha resuelto indemnizar a los padres con 31.634 euros por su fallecimiento.

   La administración considera, sin embargo, que la atención médica durante el embarazo y el parto se "atuvo en todo momento" a los protocolos clínicos en "materia de asistencia" a la gestación y diagnóstico prenatal "vigentes en la fecha en la que se materializó", por lo que rechaza la cuantía de 200.000 euros que reclamaban los progenitores.

   El abogado de la asociación 'El Defensor del Paciente', Ignacio Martínez, ha indicado que la cantidad fijada por el SAS es "insuficiente" y ha anunciado que emprenderán la vía contencioso-administrativa para que se reconozca que la responsabilidad por la muerte de la menor "fue exclusiva de la sanidad andaluza".

   En su reclamación patrimonial, estimada parcialmente, Martínez sostiene que la bebé sufría una cardiopatía congénita que "debió ser diagnosticada durante los meses de gestación" de su madre, de 30 años y en su segundo embarazo, y que, posteriormente, no se estudiaron "debidamente" los síntomas que mostraba hasta el punto, según remarca, de que se le diagnosticó de "forma errónea" de traqueomalacia, "todo lo cual conllevó un tratamiento tardío que empobreció el pronóstico hasta la muerte".

   El SAS concluye en su resolución, consultada por Europa Press, que las causas por las que la malformación que padecía la recién nacida no fue detectada en el periodo prenatal "no son consecuencia de una defectuosa asistencia sanitaria dispensada durante el embarazo", sino de las "limitaciones de los métodos de diagnóstico ya que existe en la actualidad un porcentaje variable de malformaciones fetales, entre las que se pueden hallar algunas cardiopatías  congénitas, que sólo se ven en el tercer trimestre de embarazo e incluso después del nacimiento".

   No obstante, sí cuestiona la atención que se le prestó en los días posteriores al alumbramiento y subraya que "no se puso a disposición del paciente todos los medios médicos, técnicos y científicos existentes", por lo que admite un "nexo de causalidad" entre la "asistencia médica" en lo que se refiere al "retraso en el diagnóstico" de la dolencia que padecía y su "desafortunado fallecimiento".

HECHOS

   Los hechos se remontan al 4 de mayo de 2012 cuando la madre dio a luz su segundo hijo en el Hospital Comarcal de Baza (Granada) donde, según el informe neonatal, el bebé estaba en buen estado. Cuatro días después, los padres  acudieron al centro ambulatorio de Macael (Almería), donde residen, para que le realizaran a la bebé la prueba del talón.

   Una vez allí, el pediatra observó que "no respiraba con normalidad, advirtiendo que podía tratarse de traqueomalacia, por lo que resolvió derivarla a Urgencias del Hospital de Baza. En dicho centro, el pediatra, "el mismo que actuó como neonatólogo en el nacimiento", según remarca Martínez, le diagnosticó traqueomalacia "sin realizarle ninguna prueba y le dio el alta sin prescribir tratamiento alguno".

   El 12 de mayo, los padres acudieron de nuevo a urgencias del Hospital de Baza "por el mismo motivo de mala respiración y perfusión". "Fue entonces --resalta-- cuando se diagnosticó de shock cardiogénico e insuficiencia cardiaca descompensada con posible cardiopatía congénita".

   Dos días después se trasladó a la pequeña al Hospital Materno-Infantil Carlos Haya de Málaga con diagnóstico de cardiopatía compleja, de la que fue intervenida "sin éxito, falleciendo el 31 de mayo".

   La resolución del SAS, dada la supervivencia estadística de este tipo de cardiopatías que se sitúa en un porcentaje no superior al 40 por ciento en caso de un tratamiento adecuado debido a su gravedad, considera "proporcionado" indemnizar a los padres en un 30 por ciento por la pérdida de oportunidad terapéutica y fija la cuantía en 15.817,33 euros para cada uno de ellos.

   Para Martínez, quien interpuso la reclamación de responsabilidad patrimonial, la cardiopatía debió haber sido diagnosticada durante el embarazo, y que no fuera así, "impidió programar la finalización de la gestación así como los cuidados hasta la corrección quirúrgica de la cardiopatía".

   Califica, en esta línea, el manejo hecho por el pediatra del hospital de Baza como "incorrecto" al no realizar el diagnóstico diferencial "ante unos datos claramente sugerentes de afectación respiratoria, lo que hubiese permitido un diagnóstico precoz y un manejo optimizado del cuadro del niño, todo lo cual influyó negativamente en su pronóstico y fallecimiento".

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