La Fiscalía recurrirá en casación la sentencia absolutoria del coronel de la Guardia Civil F.G.S., que fue juzgado el pasado julio en la Audiencia de Granada por supuesto narcotráfico y fue absuelto tras considerarse prescrito aunque probado el delito contra la salud pública que se le atribuía.
Fuentes de la Fiscalía han informado a Europa Press de que el fiscal del caso ya ha anunciado ante la Audiencia Provincial de Granada que va a preparar recurso, el cual se elevará ante la Fiscalía del Tribunal Supremo para que tome una decisión sobre su interposición.
El recurso de casación del Ministerio Público se centrará en argumentar que el delito contra la salud pública no ha prescrito, alegando que sí concurre la agravante que permitiría que la responsabilidad penal siguiera vigente.
La acusación ejercida por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha recurrido la absolución por los mismos motivos y también lo hecho el propio acusado pese a salir absuelto, por entender que la sentencia es "perjudicial" para sus intereses y "no ajustada a derecho en cuanto a los hechos declarados probados".
El coronel estaba acusado de haber permitido en 2006 la entrada de toneladas de hachís por la costa granadina a cambio de dinero y la Fiscalía pidió para él nueve años y tres meses de prisión y una multa de 6,3 millones de euros por un delito de cohecho cometido por funcionario público y por otro contra la salud pública.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal sí considera acreditado el delito contra la salud pública y que el coronel "en efecto acordó" con un confidente "la entrada de droga procedente de Marruecos".
Junto a ello, considera probado un primer desembarco en el que la droga no fue interceptada, lo que impide saber con certeza si alcanzó el peso necesario para apreciar la agravante del delito que evitaría la prescripción.
Aunque el citado confidente dijo que en este primer desembarco "entraron 3.500 kilos" y los miembros de la Guardia Civil que observaron el alijo con cámaras térmicas lo cifraron en unos 120 fardos, la Audiencia recuerda que la droga no se interceptó y por tanto sólo se pueden establecer "hipótesis o conjeturas".
El delito contra la salud pública en cuantía de extrema gravedad que reclaman las acusaciones tiene fijado un plazo de prescripción de diez años. En cambio, al no estimar acreditada la concurrencia de esa específica "superagravación", el plazo de prescripción es de cinco años, el cual se ha excedido desde la comisión de los hechos en 2006 hasta la imputación del acusado en 2015. Respecto al delito de cohecho, la Audiencia no lo considera debidamente probado.