Este viernes ha dado comienzo el juicio con jurado popular en la Audiencia Provincial de Sevilla contra tres hombres acusados de asesinar a un vecino de la capital hispalense desaparecido en la barriada de Rochelambert cuyo cuerpo fue encontrado calcinado en julio de 2016 en el maletero de su propio coche en un descampado próximo a la localidad de Alcalá de Guadaíra, hechos por los que la Fiscalía reclama para cada acusado 36 años de cárcel.
En concreto, el Ministerio Público solicita para cada uno de los tres acusados 25 años de prisión por un presunto delito de asesinato, cinco años de cárcel por un delito de detención ilegal, cuatro años de prisión por un delito de robo con violencia y otros dos años de cárcel por un delito de daños. La acusación particular, de su parte, acusa a estos tres varones también por un delito de profanación de cadáveres.
Asimismo, pide que indemnicen con 113.000 euros a la esposa del fallecido y con 20.000 euros a cada uno de los dos hijos de la pareja, así como que abonen a los familiares de la víctima 980 euros en concepto de daños por el incendio del vehículo y 28,85 euros por un teléfono no recuperado que sustrajeron a la víctima.
Tras la constitución del jurado, las partes han procedido a la exposición de las cuestiones previas. En este sentido, Ofelia Liñán, letrada defensora de F.A., uno de los acusados, ha solicitado la nulidad de las actuaciones por vulneración de derechos fundamentales de su representado.
En concreto, según ha explicado Liñán a Europa Press, se han vulnerado los derechos de tutela judicial efectiva y el de defensa por no permitir a su cliente la libre designación de abogado.
La abogada defensora ha explicado el juez de Instrucción número 2 de Sevilla dictó un auto de incomunicación para su cliente y para otro de los acusados "prohibiéndoles la designación de abogado", entre otras cuestiones.
Liñán ha indicado que el auto de incomunicación puede dictarse en base al riesgo o peligro de la vida de personas o por la posible frustración del buen fin de la causa, siendo éste el motivo alegado por la Fiscalía para el dictado del auto. Si bien, el juez instructor acordó dictar auto de incomunicación para no poner en peligro la vida del varón desaparecido, cuyo cuerpo sin vida ya había sido encontrado e, incluso, había sido reconocido.
Para Liñán, este auto supone la privación a su cliente de elegir libremente un abogado. Además, según ha indicado la abogada, el presidente del tribunal, encargado de enjuiciar a estos tres acusados, José Manuel de Paúl ha calificado de "chapuza" este hecho.
De otro lado, Liñán ha señalado que durante la reconstrucción de los hechos, como consta en un DVD en la causa, su cliente se acogió a su derecho a no declarar y a pesar de esto "el juez instructor lo interrogó, llegando a reconocer el móvil del crimen, que es el impago de una deuda por parte de la víctima".
Además, ha apuntado que algunas declaraciones de los acusados se realizaron infringiendo el derecho de defensa y de esas declaraciones se extrae un elemento clave para el delito de asesinato como es la alevosía. Y es que uno de los acusados dijo que habían atado a la víctima a una silla, lo que supondría que no pudo defenderse.
Ahora la abogada, que se ha personado en la causa el pasado mes de agosto tras la renuncia de dos abogados anteriormente, ha expresado a Europa Press que ahora quiere estudiar las consecuencias de esta vulneración de derechos fundamentales, "de suficiente repercusión en la causa como para motivar su nulidad, pues a su vez fueron fuente de pruebas que se crearon ya con vicios desde el principio".
El juicio procederá el próximo lunes con la presentación de las alegaciones previas y las declaraciones de los acusados y varios testigos. Las testificales continuarán el martes y, ya el miércoles, comparecerán los peritos.
Los hechos
En su escrito de calificación provisional, consultado por Europa Press, la Fiscalía relata que uno de los acusados regentaba en 2016 un negocio de compraventa y taller de motocicletas ubicado en la capital hispalense, sirviéndose para la gestión de los trámites administrativos de los servicios del fallecido.
Según el Ministerio Público, en los meses de mayo y junio de 2016, este encausado se puso de acuerdo con la víctima para realizar un negocio "del que se derivó" que el fallecido le adeudara una suma de dinero que no ha quedado determinada. Así, en los últimos días de junio, este investigado requirió "reiteradamente" al fallecido el pago de la deuda, pero "como quiera que este no la hacía efectiva, decidió que iba a cobrarla utilizando la violencia", para lo que "se concertó" con los otros dos acusados.
De acuerdo con el relato del fiscal, uno de los acusados citó a la víctima el día 5 de julio de 2016 para que acudiese al mencionado local de negocios, "lo que efectivamente hizo llegando al lugar, sobre las 15,30 horas, conduciendo" un vehículo de su propiedad, tras lo que este investigado condujo al fallecido hasta su domicilio, donde "ya estaban esperando" los otros dos acusados.
La Fiscalía manifiesta que, cuando llegaron a la vivienda, los tres encausados "redujeron" al finado, lo inmovilizaron y le "arrebataron" dos teléfonos móviles "para hacerlos propios, además de una tarjeta de crédito y las llaves del vehículo en el que había llegado a la cita". Seguidamente, "le hicieron que les dijese el número de pin" de la tarjeta "con el fin de extraer dinero de un cajero próximo y cobrarse la deuda", dirigiéndose dos de los acusados hasta una sucursal donde "trataron de realizar en el cajero automático dos extracciones de 300 euros cada una, que resultaron infructuosas ya que el código pin que le había proporcionado" la víctima "era incorrecto".
A continuación, y según indica el Ministerio Público, estos dos acusados regresaron a la vivienda y volvieron a "golpear" al fallecido "hasta que de nuevo les proporcionó el código pin correcto", dirigiéndose posteriormente a otra sucursal bancaria en la que "intentaron realizar cinco extracciones de 310, 10, 10, y 160 euros, respectivamente, resultando infructuosos de nuevo los intentos ya que aunque el código pin era correcto, la cuenta no tenía fondos".
Tatado a una silla y golpeado con un hacha
La Fiscalía agrega que, de nuevo en el domicilio, los tres acusados "volvieron a golpear fuertemente de manera indiscriminada" a la víctima, a la que tenían amordazada y con los brazos y piernas atados a la silla "y por tanto sin posibilidad alguna de defensa, llegando en una de estas ocasiones a utilizar para golpearle la parte roma de un hacha, causándole entre la violencia de los golpes y la asfixia, causada por la mordaza, la muerte".
El día 6 de julio, según el Ministerio Público, los acusados "decidieron deshacerse del cadáver", para lo que introdujeron el cuerpo en el vehículo del fallecido y lo trasladaron hasta un descampado "recóndito" próximo a Alcalá de Guadaíra, "donde tras rociarlo con el contenido de un bidón de gasolina que previamente habían adquirido, le prendieron fuego, causando la destrucción total del vehículo y lo que era su principal propósito, la quema del cadáver que se encontraba en el maletero del automóvil para impedir o al menos dificultar su identificación", tras lo que los encausados volvieron a Sevilla.