Con el objetivo de “defender el transporte público, avanzar en la calidad del servicio con mejoras en la seguridad y favorecer la accesibilidad universal”, IU presentó estas tres alegaciones tras mantener sendos encuentros con los colectivos más representativos del sector del taxi en la localidad, la asociación de titulares de licencias Taxisol y la representación de los asalariados del taxi.
Así, la formación de izquierdas entiende que el Ayuntamiento de Marbella, como Administración Pública, “ha de defender un servicio de la red pública de transportes tan importante como el taxi, para lo que es fundamental vigilar la actuación de los vehículos con conductor (VTC), para que éstos se ciñan a realizar su actividad profesional dentro de los márgenes que les ampara la ley, sin invadir los ámbitos de actuación de los taxis”.
Protección servicio público
Cuando se trata de regular transportes de naturaleza puramente urbana, los Ayuntamientos “tienen que asumir sus competencias y tener una implicación directa”, así lo respaldan informes de especialistas jurídicos en la materia, por ello son precisos cambios normativos urgentes por parte del Gobierno de España en relación a la actividad de los VTC. Sin embargo, incluso en el marco legislativo actual se pueden introducir elementos reguladores que protejan la actividad de los taxis públicos.
Por todo ello, con la presente alegación “proponemos modificar el artículo 28.6, mediante el aumento de la distancia de recogida de viajeros y viajeras en relación con las paradas establecidas desde los 100 metros que estipula en la actualidad hasta los 300 metros”, señala el concejal portavoz de IU, Miguel Díaz, quién apunta que “el objetivo del aumento de esta distancia es actuar como medida de protección del servicio público que prestan los taxis con licencia municipal, frente a los servicios privados de vehículos con conductor”.
De esta forma, mediante esta alegación IU propone que el artículo 28.6 quede redactado en la nueva Ordenanza según el siguiente tenor literal:
“Los vehículos de taxi no podrán tomar viajeros y viajeras a una distancia inferior a los 300 metros de conformidad con lo previsto en el artículo 43.2 del DECRETO 35/2012, sin perjuicio de las excepciones contempladas en el artículo 44 de mismo, en relación a la concertación previa de servicio, previamente notificada debidamente a la Delegación Municipal que ostente las competencias de Transportes por correo electrónico o cualquier otro método que se establezca al efecto”.
Seguridad y calidad
Para Izquierda Unida es necesario “apostar por la seguridad y la calidad como dos elementos centrales en la prestación del servicio público de viajeros en taxi. En primer lugar, es obvio, porque la protección de la integridad física y la calidad de vida de las personas usuarias del servicio de taxis y del resto de personas (peatones, otros usuarios de la vía…) debe ser el primer objetivo. Y, además, porque la existencia de dispositivos y medidas para maximizar la seguridad es un elemento que mejora la percepción favorable y la imagen en favor del servicio de taxi, más aún en un destino que apuesta por el turismo de calidad como es Marbella”.
En este sentido, resulta importante introducir elementos que mejoren la seguridad en la presente ordenanza. Un indicador referencial a tener en cuenta es el Programa Europeo de Evaluación de Automóviles Nuevos, conocido como ‘Euro NCAP”. Este sistema evalúa mediante una escala de valoración que va desde 1 a 5 estrellas los principales indicadores de seguridad. En concreto, realiza una evaluación ante las siguientes variables: seguridad para las personas adultas ocupantes del vehículo, seguridad para las personas menores ocupantes del vehículo, seguridad para los usuarios vulnerables de la carretera y sistemas de asistencia en materia de seguridad incluidos en el vehículo (Safety Asssit).
Díaz recuerda que “la mayoría de la flota de taxi de Marbella está conformada por vehículos de 5 estrellas en la valoración de Euro NCAP. Pero es interesante introducir en la ordenanza elementos para garantizar en el menor plazo de tiempo un 100% de vehículos con 5 estrellas de valoración en ese sietema de calidad”.
Por todo ello, IU propone añadir al artículo 18 ‘Características de los vehículos’ un nuevo punto que pasaría a denominarse 18.19 y para el que propone el siguiente texto:
“Los vehículos deberán contar con prestaciones para garantizar la seguridad de los viajeros y las viajeras, así como del resto de personas usuarias de la vía pública, de forma óptima; con especial atención a la seguridad de los ocupantes menores y las personas usuarias de la vía con mayor vulnerabilidad. Por ello, todos los vehículos de la flota tendrán que contar con una valoración de 5 estrellas según el Programa Europeo de Evaluación de ‘Euro NCAP’”.
Accesibilidad universal
Izquierda Unida propone en su tercera alegación modificar el artículo 21.4 para añadir una referencia al compromiso del propio ayuntamiento con la colaboración en la adaptación de los taxis públicos con elementos que faciliten la prestación del servicio a favor de las personas con diversidad funcional.
“De esta forma se permitiría un mayor compromiso del Ayuntamiento con la accesibilidad universal de un servicio público de transporte como es el taxi, apoyando a los concesionarios en la adquisición de vehículos adaptados o elementos que redunden en favor de la accesibilidad universal”, abunda Díaz.
Para ello queremos que se modifique el artículo 21.4 con la siguiente redacción:
“El Ayuntamiento podrá implementar acciones y programas de subvenciones públicas para favorecer la adaptación en favor de las personas con diversidad funcional de los vehículos que prestan el servicio público de taxi. Asimismo, realizará cuantas gestiones sean necesarias para que los titulares de las licencias de vehículos adaptados puedan obtener de otros organismos y asociaciones las subvenciones que estas concedan”.