El tiempo en: San Fernando

Provincia de Granada

El juzgado archiva la causa contra la asesora de Juana Rivas

Al no ver "indicio alguno" de que haya podido cometer un delito de intrusismo profesional como indicaba el Colegio de Abogados de Granada

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Francisca Granados. -

El Juzgado de Instrucción número 3 de Granada ha acordado el archivo de la causa contra la asesora jurídica del Centro de la Mujer de Maracena (Granada), Francisca Granados, al no ver "indicio alguno" de que haya podido cometer un delito de intrusismo profesional como indicaba el Colegio de Abogados de Granada en la querella que presentó contra ella.

En esta causa se ha investigado si Granados se excedió en sus funciones, desempeñando otras que sólo puede ejercer un abogado, en su labor como asesora de Juana Rivas.

En un auto fechado el 30 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado expone que de las diligencias practicadas "no existe indicio" de que Granados "haya realizado acto alguno relativo a la profesión de abogado", ya que, por una parte, ella lo ha negado "tajantemente" y la testifical propuesta por el colegio "nada aclara" a este respecto. Esto último lo dice en relación a la declaración como testigo de la anterior abogada de Juana Rivas, que se acogió al secreto profesional para no declarar.

Junto a ello, el juez recuerda que el delito de intrusismo está vinculado al ejercicio de actos propios de una profesión sin poseer título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para hacerlo.

No obstante, matiza que Granados aportó a la causa su título de Licenciada en Derecho y el certificado académico de sus calificaciones durante la carrera universitaria, "con lo que ha acreditado su preparación técnica y académica para ejercer labores de asesoramiento jurídico tanto en el Ayuntamiento de Maracena como a nivel particular".

Recuerda el auto que si bien es cierto que toda la legislación vigente establece que para el ejercicio de la abogacía es obligatoria la colegiación en un colegio de abogados, ésta no constituye título oficial, por lo que el hecho de que una persona titulada en derecho "pudiera hipotéticamente ejercer la abogacía sin estar incorporado como ejerciente en un colegio de abogados español podrá dar lugar a una sanción disciplinaria, pero no configura el delito de intrusismo" previsto y penado en el código penal.

Subraya el juez que "en cualquier caso no ha resultado indicio alguno" de que Francisca Granados haya cometido intrusismo profesional, en la línea de lo expuesto por la Fiscalía, por lo que acuerda el sobreseimiento y archivo de la presente causa en una resolución contra la que cabe recurso de apelación.

Granados, que está representada por el letrado Carlos Aránguez, declaró el pasado 7 de marzo en el juzgado por este asunto y, en posteriores declaraciones a los medios, negó haber cometido cualquier tipo de intrusismo profesional, llegando a afirmar que la querella que el Colegio de Abogados de Granada había presentado contra ella estaba "instrumentalizada" para "ir en contra de la igualdad entre hombres y mujeres".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN