El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el procedimiento para la elección de las distintas vocalías que componen los plenos de los 29 consejos reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de productos agroalimentarios y pesqueros de Andalucía.
La norma "simplifica y unifica" las reglas de este proceso, que hasta ahora convocaba la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural a través de diferentes órdenes. Asimismo, concede a las entidades una mayor autonomía y flexibilidad, reservando a la Administración autonómica su función de tutela.
El decreto establece unas disposiciones comunes de aplicación para todas las denominaciones, con el objetivo de garantizar un procedimiento uniforme, objetivo y transparente, basado en el sufragio de todos los miembros de los consejos.
Asimismo, desarrolla la obligación recogida en la legislación autonómica de garantizar la paridad de la representación de los sectores productor (agricultores y/o ganaderos) y elaborador (industrias agroalimentarias) en las entidades en las que participan ambos.
Respecto a los procesos electorales, la principal novedad es la adopción de un sistema de carácter mayoritario mediante listas abiertas. Las candidaturas pueden ser presentadas por agrupaciones de personas avaladas por el diez por ciento del total del censo. No obstante, será suficiente disponer de 50 avales.
Cuando el número de personas candidatas resulte igual al número de vocales a elegir no será necesario celebrar las elecciones. Cada consejo regulador deberá convocar al menos cada cuatro años las elecciones para renovar las vocalías, así como elegir y proponer a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.
Los consejos reguladores, encargados de la gestión de las diferentes denominaciones de calidad y defensa de los productos a los que ampara, están constituidos por la Presidencia y el Pleno, integrado a su vez por las distintas vocalías que representan a los diversos sectores que intervienen en la producción, elaboración y comercialización.
De los 29 consejos reguladores, 20 corresponden a denominaciones de origen protegidas, ocho a indicaciones geográficas protegidas y uno a la Indicación Geográfica Brandy de Jerez. Los vinos y el aceite de oliva son los productos más representados.
Respecto a los vinos y vinagres, las denominaciones de origen son Jerez-Xéres-Sherrry, Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda y Vinagre de Jerez; Montilla-Moriles y Vinagre de Montilla-Moriles, y Condado de Huelva, Vinagre del Condado de Huelva y Vino Naranja del Condado de Huelva. El Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Protegidas Málaga y Sierras de Málaga ampara también las pasas de Málaga.
Las producciones de aceite de oliva protegidas se agrupan en doce denominaciones de origen: Sierra de Cádiz, Baena, Lucena, Montoro-Adamuz, Priego de Córdoba, Montes de Granada, Poniente de Granada, Sierra de Cazorla, Sierra de Segura, Sierra Mágina, Antequera y Estepa.
La lista de las denominaciones de origen andaluzas se completan con las de Los Pedroches (jamón), Miel de Granada, Chirimoya de la Costa Tropical de Granada-Málaga y Aceituna Aloreña de Málaga.
Finalmente, las ocho indicaciones geográficas protegidas amparan distintos productos: Tomate La Cañada; Alfajor de Medina Sidonia; Jamón de Trevélez; Espárrago de Huétor-Tajar; Pan de Alfacar; Garbanzo de Escacena; Mantecados y Polvorones de Estepa, y Caballa y Melva de Andalucía.
En Andalucía existen otros dos consejos reguladores a los que no afecta el decreto aprobado hoy, por extender su superficie de producción más allá de la comunidad y ser competencia de la Administración central. Se trata de los que gestionan las denominaciones de origen protegidas Jamón de Huelva y Cordero Segureño.