El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cádiz, ha dictado Sentencia por la que estima íntegramente la demanda de acción de nulidad por la compra Bonos estructurados autocancelables. Según el letrado que ha llevado el caso, José Luis Ortiz Miranda, se trata de un producto estructurado que el Banco “calificó erróneamente” como de riesgo medio-bajo cuando en realidad se trataba de una inversión “altamente especulativa”. “Hasta tal punto es lesivo para los intereses del inversor, que la doctrina más autorizada lo ha calificado como “arma de destrucción masiva”, indicó el abogado.
La Sentencia resulta “inédita y pionera”, no sólo por el elevado importe como porque se basa en “la mala actuación del banco, y no de las circunstancias concretas de cada cliente que contrató dicho producto”, según el letrado.
Otra singularidad es que, la fuerte comisión que arrastraba el producto del 12%, no se le informaba al cliente, “sino que iba disfrazada como parte del precio de compra”, explicó Ortiz.
Se trata de un Bono Estructurado referenciado a la cotización de 3 valores que cotizaban en mercados exóticos, o bolsas extranjeras, concretamente Altria (nuevo nombre de la antigua tabaquera Philip Morris que cotiza en la bolsa de Nueva York), Cisco Systems (una empresa de soportes informáticos que cotiza en la bolsa de Londres) y UBS (Unión de Banca Suiza, que cotiza en la bolsa de Zurich), a cuya rentabilidad (de los tres valores exóticos referidos) se condicionaba la rentabilidad del Bono estructurado comercializado por el Deutsche Bank.
La Sentencia es pionera en la provincia de Cádiz en cuanto a este nuevo producto tóxico llamado “Bonos Estructurados” o “Autocancelables”, que fue comercializado masivamente tanto por el Deutsche Bank hace unos años “y supone un revulsivo y una ventana de esperanza para los miles de afectados por este producto tóxico se ha comercializado de forma tan masiva e indiscriminada por parte de los grandes bancos”. En este caso, el afectado, es el empresario E.M.M., que se dedica a la actividad de transporte y movimiento de tierra.