La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años de prisión y a 65 días de trabajos comunitarios a un hombre, identificado como Benito M.F., por agredir física y sexualmente a su mujer, a la que llegó a morder después de que ella se negara a que la tocara, en su vivienda familiar de Las Cabezas de San Juan.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia condena al acusado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual y a 65 días de trabajos comunitarios por un delito de maltrato en el ámbito familiar.
El tribunal considera probado que los hechos tuvieron lugar el 26 de diciembre de 2012, cuando Benito M.F. mantuvo una discusión con su esposa porque ésta no quería que el acusado la tocara, por lo que éste le propinó un fuerte codazo y un mordisco, causándole hematomas en el abdomen y en el muslo derecho.
Posteriormente, en la madrugada del seis de enero de 2013, el acusado llegó a la vivienda tras haber salido con un amigo e intentó mantener relaciones sexuales con la denunciante, a lo que ésta se negó reiteradamente, optando finalmente, ante la insistencia del acusado, por levantarse.
A pesar de su negativa, el acusado, "con ánimo lúbrico", la siguió y, agarrándola "fuertemente" del brazo, la condujo nuevamente hasta el dormitorio, donde la tiró sobre la cama, le quitó los pantalones y le rompió las bragas, todo ello "con la intención de consumar la relación sexual" e impidiendo "en todo momento" que la víctima pudiera levantarse pese a que la misma insistía en que la dejara.
Todo ello hasta el punto de que la mujer "sólo pudo impedir que el acusado consiguiera su objetivo mordiéndole en la cara".
Abierto el juicio oral, y al comienzo de la vista, la defensa solicitó al tribunal que procediera a dictar sentencia de conformidad con la calificación definitiva del Ministerio Fiscal, mostrando el acusado su conformidad con el escrito de acusación y con las penas que se le solicitaban.
Por ello, la defensa no consideró necesaria la continuación del juicio, por lo que la Audiencia dictó sentencia 'in voce'.