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Cádiz

Absuelven de plagio a Custo por sus estampados parecidos a ?Piolín?

Un juez ha absuelto a David Dalmau, creador junto a su hermano de la marca Custo Barcelona, de los delitos contra la propiedad intelectual.

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Un juez ha absuelto a David Dalmau, creador junto a su hermano de la marca Custo Barcelona, de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial de que estaba acusado por comercializar ropa con estampados de figuras similares a Piolín, sin la autorización de Warner Bros.

En su sentencia, notificada ayer, el titular del juzgado de lo penal número 3 de Barcelona admite las similitudes entre el pájaro reproducido en las camisetas de Custo y Piolín (Tweety), pero considera que éstas no son suficientes para condenar a David Dalmau y a la autora de los diseños, Carmen G.

Ambos creadores afrontaban una pena de 480 euros de multa -después de que la Fiscalía rebajara a una sanción económica su petición inicial de año y medio de prisión-, a raíz de una denuncia de Warner Bros que derivó en la incautación de 34 prendas con los polémicos estampados en el almacén de una tienda de Custo Barcelona de la capital catalana.

La sentencia admite que el personaje de animación reproducido en las camisetas de Custo “presenta características sustancialmente idénticas, aunque no totalmente coincidentes”, a las de Tweety, aunque el juez no las ve tan claras como los peritos, que en el juicio mantuvieron con rotundidad que se trataba del mismo personaje.

Esas similitudes, en opinión del juez, no justifican una condena por delitos contra la propiedad intelectual e industrial, teniendo en cuenta otros factores, como el hecho de que el controvertido personaje forma parte de una colección de prendas, “fuera de la cual carece de individualidad propia”, que reproducían imágenes de chicas acompañadas de sus mascotas.

Según la sentencia, la figura del supuesto Piolín no era única, sino que la colección incluía otros estampados de imágenes de chicas con otras especies de animales.

Por ese motivo, razona el juez, “en ningún momento puede pensarse que el éxito de colección (y por lo tanto de la consecución del ánimo de lucro que tal actividad negocial conlleva) se hacía depender del ya tantas veces mencionado pollito”.

El magistrado basa también su absolución en que durante el juicio no se ha podido acreditar que David Dalmau encargara a la diseñadora que reprodujera en las camisetas un personaje similar a Tweety ni que ella misma lo decidiera hacer por su cuenta y riesgo, con lo que da por buenas las versiones esgrimidas por los procesados.

Asimismo, para el juez, la actuación de David Dalmau y la firma que lo representa “avala su ausencia de intencionalidad delictiva”, dado que cuando Warner le avisó de las coincidencias con el personaje registrado retiró del mercado las camisetas controvertidas.

En ese sentido, señala la sentencia, es significativo que en su entrada y registro a la tienda de Custo de Barcelona la Guardia Civil encontrara sólo una treintena de las polémicas prendas, en un almacén y no expuestas al público.

Finalmente, el juez considera que en este caso de supuesto plagio no se ha apreciado “un perjuicio económico
real y concretable”, y prueba de ello es la rebaja de pena planteada por la Fiscalía en sus conclusiones.

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