El tiempo en: San Fernando

Cádiz

Prestación de hasta 24 meses para padres con hijos enfermos graves

El permiso de trabajo retribuido por la Seguridad Social para los padres que tengan niños con alguna enfermedad grave o que hayan sido víctimas de un accidente tendrá un máximo de duración de entre 18 y 24 meses.

Andaluc�a Informaci�n Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
El permiso de trabajo retribuido por la Seguridad Social para los padres que tengan niños con alguna enfermedad grave o que hayan sido víctimas de un accidente tendrá un máximo de duración de entre 18 y 24 meses.

Así se desprende del Estudio sobre una nueva prestación de los menores enfermos de gravedad, presentado ayer en el Ministerio de Trabajo, y que aglutina las bases jurídicas de un decreto que entrará en vigor previsiblemente en febrero para desarrollar esta prestación, incorporada ya en los presupuestos de 2011.

La duración del subsidio se establecerá en función del informe médico del especialista, quien deberá especificar los periodos previstos de hospitalización o asistencia domiciliaria del menor que requiera de la atención del padre, madre o tutor, según este informe elaborado por la Fundación Mujer, Familia y Trabajo.

No obstante, se estipularán periodos mínimos que obliguen a esfuerzos de conciliación superiores a los cubiertos por los permisos actualmente existentes, así como una duración máxima que no superará los dos años.

El secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado, informó, en una rueda de prensa, de que según las estadísticas de los menores hospitalizados en España, por enfermedad grave o accidente, esta medida podría beneficiar a unas 3.000 familias.

La prestación está pensada para proteger la difícil situación que se produce cuando ambos progenitores trabajan y uno de ellos debe dedicar parte o toda la jornada al cuidado de un hijo menor que padece una grave enfermedad, por la que debe permanecer largo tiempo hospitalizado y con un tratamiento que requiere atención directa.

El desarrollo reglamentario incluirá un catálogo de las enfermedades susceptibles de acogerse a esta medida, junto con los periodos mínimos.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN